Al igual que las subvenciones para la compra de vivienda deben declararse en el momento de la obtención como "ganancia patrimonial", su devolución posterior también puede incorporarse a la declaración de la renta del contribuyente, en la que se considerará como "pérdida patrimonial"
1 Respuestas:
Hola Sandra,
Al igual que las subvenciones para la compra de vivienda deben declararse en el momento de la obtención como "ganancia patrimonial", su devolución posterior también puede incorporarse a la declaración de la renta del contribuyente, en la que se considerará como "pérdida patrimonial"
Un saludo
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