Al contratar una hipoteca se piensa en el dinero que habrá que devolver y en los intereses que se pagarán por el capital prestado, pero raramente se tienen en cuenta los intereses de demora, aquellos que se generan ante una situación de impago. Habitualmente exceden del 20% y son los que disparan la deuda hasta crear una situación de insolvencia de la que es difícil salir
Los elevados tipos de interés que se aplican sobre el importe de deuda sobre el que se ha producido el impago, sobre el 20%, hacen crecer extraordinariamente la deuda pendiente a pagar. La situación se complica aún más teniendo en cuenta que, cuando se comienza a faltar a los pagos, el banco tiene la posibilidad de reclamar la totalidad del crédito pendiente, con lo que la deuda se multiplicará a un ritmo vertiginoso
Como ejemplo, para una hipoteca de unos 200.000 euros de capital que sufriera un impago y el banco reclamara la totalidad del crédito, los intereses de demora se fijarían en unos 108 euros diarios, creando una situación de insolvencia de la que pocos podrían escapar
Limitar legalmente Los tipos de interés de los intereses de demora, su importe o las cuotas devengadas por ellos, podrían ser las soluciones apuntadas para poner coto a esta fuente de problemas adicionales para aquellos que no puedan seguir pagando sus cuotas hipotecarias
3 Comentarios:
'Intereses de demora' es un eufemismo de 'usura'
Usura consentida y legalizada. Dacion en pago para los prestamos hipotecarios. Ya!!.
Que encima de que te aplican intereses usureros, no se quede la casa por el 50%. Si le debes todo eso, por un importe de tasacion y valoracion de la vivienda, y te aplican esos intereses porque la casa vale lo que ellos tasaron valoraron, te quedas con la casa por el 100x100, no por la mitad.
Piratas, ladrones.
Con la valoracion de la casa que es lo que pone en las escrituras del prestamo ya es suficiente para saldar la deuda con el banco, es decir deuda por principal mas intereses ordinarios de demora y costas judiciales, y nada de quedarse con la casa por el 50% del valor de tasacion.
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