En el contrato de alquiler con opcion a compra debe estar especificada esta clausula, que para que el propietario pudiera vender su piso debe usted renunciar a comprarlo por escrito una expirado el plazo que se le da para acogerse a la opcion de compra, es decir que el no puede vender hasta que usted diga que no lo quiere y hayan pasado los 5 años de alquiler.
Hola, en principio si has entregado 20000.-€, y en el contrato especificaste que esta cantidad tenia la consideración de prima de opción (que así debería ser) el propietario no puede venderlo a nadie más que a ti que eres quien tiene la opción. Te aconsejo que consultes el contrato en un agente inmobiliario cualificado o en un abogado para que te saque de dudas, ya que para aconsejarte totalmente y sin miedo a equivocarme debería tener el contrato en mis manos. Un saludo
2 Respuestas:
En el contrato de alquiler con opcion a compra debe estar especificada esta clausula, que para que el propietario pudiera vender su piso debe usted renunciar a comprarlo por escrito una expirado el plazo que se le da para acogerse a la opcion de compra, es decir que el no puede vender hasta que usted diga que no lo quiere y hayan pasado los 5 años de alquiler.
Hola, en principio si has entregado 20000.-€, y en el contrato especificaste que esta cantidad tenia la consideración de prima de opción (que así debería ser) el propietario no puede venderlo a nadie más que a ti que eres quien tiene la opción. Te aconsejo que consultes el contrato en un agente inmobiliario cualificado o en un abogado para que te saque de dudas, ya que para aconsejarte totalmente y sin miedo a equivocarme debería tener el contrato en mis manos. Un saludo
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