Las entidades financieras e inmobiliarias con viviendas deshabitadas tendrán un plazo de 30 días para remitir a la junta de Andalucía información sobre estos inmuebles. De acuerdo con el decreto ley publicado hoy en el boletín oficial de la junta de Andalucía, el plazo empezará a computar desde la recepción de la petición de información. Consulta el decreto ley para el cumplimiento de la función social de la vivienda
Así, la banca e inmobiliarias deberán detallar aspectos como la ubicación de sus pisos deshabitados, la referencia catastral, el número de la finca registral y otros puntos relativos a la titularidad. Además en el caso de tratarse de viviendas protegidas, las entidades tendrán que especificarse expresamente con indicación de la resolución de calificación
Por otro lado, quedan fuera de este decreto ley las edificaciones de uso turístico siempre que cuenten con las correspondientes licencias urbanísticas y de apertura. También las viviendas de las personas físicas cuyo uso exclusivo sea el de esparcimiento o recreo y las que sean usadas mediante su arrendamiento como fincas urbanas celebrado por temporada. Además, las casas deshabitadas propiedad de particulares no serán sancionadas por esta ley
Noticias relacionadas:
Andalucía expropiará temporalmente viviendas embargadas por los bancos
2 Comentarios:
En España tenemos una legislación comunista en materia de suelo y vivienda, y que los gobiernos se han propuesto acabar poco a poco con el derecho de propiedad, y que no pararán hasta que las viviendas no valgan nada de nada
Para que el Estado se quede con todas y las distribuya gratuitamente entre la población hambrienta y sin techo, que pronto será toda la ciudadanía española..... pobre España! Caminando hacia la miseria generalizada e irreversible a marchas forzdas...
Cuidado con el informe que hay muchos pisos que siguen a nombre de personas desauciadas para no pagar nada ojo que los usureros son listos .
Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta