Hola,

Quiero vender o alquilar una VPP por la que recibí 3 tipos de ayuda:

- Préstamo convenido
- Subsidiacion del préstamo convenido
- Ayuda Estatal Directa a la Entrada

Tengo que devolver estas ayudas pero según he leído la ayuda a la entrada no hay que devolverla si han pasado 5 años desde que te la dieron. Y respecto a la subsidiacion la solicité para los 5 primeros años, después no la he vuelto a pedir y ahora mismo no tengo esa ayuda. Mi duda es si tendría que devolver la ayuda de la subsidiacion si ya han pasado 5 años y ya no lo he vuelto a solicitar y confirmación de que no tengo que devolver la AEDE.

En cuanto al préstamo convenido como se puede calcular el importe a devolver?

Muchas gracias.

1 Respuestas:

ARANTXA
21 Marzo 2017, 15:29

Entonces que significa este párrafo del decreto:

4. Una vez obtenida la ayuda, la amortización anticipada parcial o total del préstamo antes de haber
transcurrido los cinco primeros años del período de amortización conllevará el reintegro de la misma, así
como de las restantes ayudas estatales financieras directas percibidas con cargo a los Presupuestos del
Ministerio de Vivienda, incrementadas con los intereses de demora desde su percepción, previstos en los
artículos 37.1 y 38.2 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones.

Gracias.

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