El notario es una de las figuras que se precisan a la hora de firmar y hacer efectiva una compraventa. Se trata de un funcionario público autorizado para certificar y dar fe de documentos legales, contratos, hipotecas y transacciones.
Cuando fallece un ser querido, los herederos pasan por momentos muy dolorosos y el papeleo que implica recibir la herencia, suele suponer un auténtico quebradero de cabeza. Pero, es posible heredar sin ir al notario y sin necesidad de pagar los gastos de notaría en los casos que vamos a detallar a continuación de la mano de Salvador Salcedo, socio de Ático Jurídico. Una de las situaciones es cuando en la herencia no hay inmuebles.
El conocido contrato de arras es un acuerdo que sellan comprador y vendedor antes de la firma de la compraventa de una vivienda u otro inmueble ante notario. Aunque se trata de pactos privados, en muchas ocasiones se les considera una mera reserva, sin consecuencias, cuando realmente no es así. Por eso, la firma ante notario no solo da la certeza a las partes de que la información es correcta, sino que permite disponer de una vía judicial más ágil para reclamar en el caso de que surjan contratiempos.
Todos aquellos consumidores que ya hayan decidido con qué banco van a firmar la hipoteca y tengan la aprobación en firme, tendrán que esperar al fin del estado de alarma para poder formalizar el préstamo y la compraventa. Y es que actualmente solo se pueden firmar las operaciones consideradas por los notarios como urgentes y bajo la responsabilidad de los consumidores. Además, el proceso se complica si el vendedor es una persona mayor o está entre los colectivos de riesgo y prefiere posponerlo.
La Comisión de Economía del Congreso ha llegado a un acuerdo para aclarar de forma definitiva el reparto de los gastos que conlleva la firma de una hipoteca. La nueva ley hipotecaria, que podría aprobarse en las próximas semanas, solo cargará al cliente el pago de la tasación de la casa, trámite indispensable para conseguir el préstamo, mientras que el banco deberá abonar los gastos de escritura, gestoría y arancel notarial, además del AJD. Dependiendo del importe de la hipoteca y la CCAA en la que se encuentre, el cliente pagará entre el 7% y el 15% del total. El ahorro sobre el importe de la casa supone como mucho un 2%.
La nueva Ley Hipotecaria en la que está trabajando el Ministerio de Economía obligará a los hipotecados a firmar ante notario una ficha en la que se les explicará la existencia y los riesgos de todas las cláusulas que haya en el contrato hipotecario.
El notario Pedro garrido asegura que pese a que la hipoteca condiciona 20 ó 30 años de una persona la gente sigue sin preocuparse por ello y estima que “la mayoría sigue sin leer las escrituras hipotecarias antes de la firma”.
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