El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el pasado sábado el texto definitivo de la Ley de trabajo a distancia, después de haberse tramitado en el Congreso y del visto bueno del Senado, tras rechazarse las enmiendas planteadas en la Cámara Alta. Se considera trabajo a distancia regular aquel que se preste, en un periodo de referencia de tres meses, un mínimo del 30% de la jornada o el porcentaje proporcional equivalente en función de la duración del contrato de empleo.