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¿Qué obras de la casa puedes desgravarte? ¿Cuáles no?

El conocido como ‘decreto zurbano’ permite realizar obras en casa y desgravarse por las mismas. Sin embargo, no todas las mejoras de la vivienda tendrán derecho a deducción. Por ejemplo, sí lo tendrá cambiar la bañera, pero no pintar la casa. Te contamos qué puedes y qué no puedes desgravarte

Si cobra menos de 53.007,20 euros anuales y quiere hacer obras en casa debe saber que desde el pasado miércoles 14 de abril de 2010 ya puede desgravarse por ellas, además de tener un iva reducido del 7% (un 8% a partir de julio). Sin embargo, no todas las obras pueden entrar en esta desgravación

¿Qué obras puedo desgravarme?

Todas las que favorezcan el ahorro de agua, luz o gas, así como la accesibilidad al edificio o vivienda. Algunos ejemplos: cambiar una bañera por una ducha; instalar una cisterna de doble carga; aislar ventanas, paredes o cubiertas y cambiar las cañerías; instalar rampas y ascensores o adaptarlos a necesidades de personas mayores o con discapacidad y obras que permitan el acceso a Internet o a la TDT


¿Cuáles no?

Si no son trabajos asociados a otros que sí ahorran energética, no darán derecho a esta deducción: cambiar los muebles de la cocina; hacer o vestir armarios; cambiar azulejos; instalar aire acondicionado; poner puertas interiores nuevas o pintar. Tampoco se podrán beneficiar de esta deducción fiscal las obras que se realicen en plazas de garaje, jardines, piscinas o instalaciones deportivas

El montante que se puede deducir es un 10% sobre un límite de 4.000 euros anuales siempre que se tengan unos ingresos iguales o inferiores a 33.0007,20 euros. Para los que tengan una base imponible superior, la deducción irá disminuyendo progresivamente. También se establece un límite de 12.000 euros por vivienda

Hay que recordar que el pago deberá quedar registrado, por lo que para ello deberá hacerse mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia o cheque nominativo. No se podrá pagar en efectivo si se quiere acoger a estas deducciones
 

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11 Comentarios:

Anonymous
20 Abril 2010, 10:40

Aunque todavía no he alquilado mi plaza, tienen uds. Unos estudios de mercado inmobiliario espectaculares. Gracias

Anonymous
20 Abril 2010, 15:05

Una duda: si ya se ha desgravado el tope de los 9000 euros (en mi caso, por los gastos de compra-venta), no tiene sentido pedir la desgravación por la reforma, ¿No? Gracias.

Anonymous
20 Abril 2010, 17:21

La posible desgravacion es una racaneria. La gente seguira pagando en metalico y sin iva, porque asi el albañil hace un descuento (-5%) y nos ahorramos el iva (-8%), ahorando mucho mas de lo que nos permiten desgravar estos listos de hacienda que lo quue estan buscando es el meterles mano a los chapuzas y fontas.

Anonymous
20 Abril 2010, 20:16

Lo del tema del iva no ha funcionado nunca, favorece a unos en perjuicio de otros, como casi nadie quiere pagarlo en las reformas se contrata a los ilegales para pagar menos, que a las empresas establecidas, que tienen que hacer factura porque pagan sus impuestos, pero no se dan cuenta que los ilegales no pueden dar ninguna garantia en caso de siniestro o accidente, por lo que la responsavilidad civil va directa al propietario de la reforma, no asi en el caso de las empresas establecidas que tienen la obligacion de tener toda la documentacion en regla, asi como un seguro de responsabilidad civil contra terceros por cuantias de mas de 600.000 euros, por lo tanto cuidado a quien metes en casa

chancletero
20 Abril 2010, 21:05

De poco va a servir, en negro te sigue saliendo mas barato y ademas, no tienes que pedir (pagar) licencia de obra.

Anonymous
24 Abril 2010, 9:06

Me podria ayudar alguien? Mis padres tienen que hacer una reforma en su vivienda que es muy antigua y ellos son mayores de 65 años. Se trata de accesibilidad, tuberias de agua, luz, bueno todo. El presupuesto asciende a 46.000 euros. ¿Que iva se tiene que aplicar? Que tenemos que hacer para que nos deduzcan? Que me responda alguien pq no tengo ni idea por donde empezar.
Gracias anticipadas

Anonymous
25 Abril 2010, 0:10

In reply to by yoo (not verified)

El iva seria del 7% por las obras que hagas antes de julio y del 8% por las que hagas a partir del 1 de julio inclusive y para que puedas deducir hasta 8000 euros (4000 por tu padre y 4000 por tu madre) deberas pagar las obras por transferencia de una cuenta de tus padres a la cuenta de la empresa que te haga las obras o pagarselas con tarjeta o con un cheque.Tiene que dejar constancia para hacienda.

Anonymous
25 Abril 2010, 10:27

In reply to by anónimo (not verified)

Muchas gracias anónimo.

Anonymous
24 Abril 2010, 18:59

¿Esta medida sirve también para comunidades de vecinos? Tenemos que cambiar todo el cuarto de contadores. Gracias

Anonymous
24 Abril 2010, 20:42

Obviamente lo que se busca es acabar con la economía sumergida de dichos oficios.
Estaría bien que ligado a esto hubieran inspecciones para pedir facturas de las obras que se realizan. Ya está bien de que hacienda seamos unos pocos y todos los demás defraudando al país

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