En virtud del artículo 9.1.e de la Ley de propiedad horizontal, el certificado tiene como finalidad informar al nuevo adquirente si la vivienda o local se encuentra o no al corriente de pago en el pago de los gastos de la comunidad.
Por ello, si en la comunidad se tiene por costumbre girar los recibos de forma trimestral al final del mes, si a la fecha en la que se emitió el certificado no se había girado el recibo correspondiente a dicho trimestre, la propiedad no adeudaba nada y así quedó debidamente acreditado en el certificado.
Por ello, será quien ostente la titularidad en el momento en que se gire el recibo, quien estará obligado a pagarlo.
¿Entonces de que me sirvió que el vendedor incluyera un punto en el contrato de arras en el que expresamente asumia el pago los gastos de comunidad hasta el día de la escritura pública? ¿Qué validez tiene el contrato de arras?
2 Respuestas:
En virtud del artículo 9.1.e de la Ley de propiedad horizontal, el certificado tiene como finalidad informar al nuevo adquirente si la vivienda o local se encuentra o no al corriente de pago en el pago de los gastos de la comunidad.
Por ello, si en la comunidad se tiene por costumbre girar los recibos de forma trimestral al final del mes, si a la fecha en la que se emitió el certificado no se había girado el recibo correspondiente a dicho trimestre, la propiedad no adeudaba nada y así quedó debidamente acreditado en el certificado.
Por ello, será quien ostente la titularidad en el momento en que se gire el recibo, quien estará obligado a pagarlo.
¿Entonces de que me sirvió que el vendedor incluyera un punto en el contrato de arras en el que expresamente asumia el pago los gastos de comunidad hasta el día de la escritura pública?
¿Qué validez tiene el contrato de arras?
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