Podéis modificar el régimen económico del matrimonio y hacer capitulaciones matrimoniales sin problema, pero tendréis que respetar las limitaciones que la casa tenga por tratarse de vpo. Es decir, si la casa está escriturada al 50%, durante el tiempo que dure la protección (esto lo podéis mirar en las escrituras de la vivienda) no podréis transmitirla ni a terceras personas ni entre vosotros, a no ser que la administración os conceda expresamente el permiso para ello alegando un motivo justificado
Pues la verdad es que pocos. La idea es que no se pueda transmitir la propiedad de la vpo durante los primeros diez años salvo casos muy puntuales como traslado laboral, incapacidad sobrevenida, vivienda inadecuada para familia numerosa, etc, pero entre cónyuges lo veo más complicado. De todos modos, lo mejor es consultar con tu comunidad autónoma si autorizarían la operación, al fin y al cabo las limitaciones sobre transmisión de vpo las fija cada administración regional
Hola Estoy casada hace 4 años. Tengo una hipoteca la cual no podemos pagar porque estamos los dos en paro. Puedo hacer separacion de bienes poniendo el piso a mi nombre para que en caso de dejar de pagar no le afecte a la nomina de mi marido,claro si con un poco de suerte empezara a trabajar. Gracias
En vez de perder el tiempo "haciendo cosas raras" que no os van a librar de la deuda ¿No podríaís poneros a fregar suelos, cargar bultos, cavar hoyos, coser, pintar escaleras para intentar seguir pagando el piso?
Que asco, el caso es recurrir a la "picardía" antes que al sacrificio
5 Respuestas:
Hola rocio,
Podéis modificar el régimen económico del matrimonio y hacer capitulaciones matrimoniales sin problema, pero tendréis que respetar las limitaciones que la casa tenga por tratarse de vpo. Es decir, si la casa está escriturada al 50%, durante el tiempo que dure la protección (esto lo podéis mirar en las escrituras de la vivienda) no podréis transmitirla ni a terceras personas ni entre vosotros, a no ser que la administración os conceda expresamente el permiso para ello alegando un motivo justificado
Un saludo,
Elena
Muchas gracias Elena .una pregunta ¿Que causa justificada crees tu q la administracion me dejaria?.
Hola rocio,
Pues la verdad es que pocos. La idea es que no se pueda transmitir la propiedad de la vpo durante los primeros diez años salvo casos muy puntuales como traslado laboral, incapacidad sobrevenida, vivienda inadecuada para familia numerosa, etc, pero entre cónyuges lo veo más complicado. De todos modos, lo mejor es consultar con tu comunidad autónoma si autorizarían la operación, al fin y al cabo las limitaciones sobre transmisión de vpo las fija cada administración regional
Un saludo,
Elena
Hola
Estoy casada hace 4 años. Tengo una hipoteca la cual no podemos pagar porque estamos los dos en paro. Puedo hacer separacion de bienes poniendo el piso a mi nombre para que en caso de dejar de pagar no le afecte a la nomina de mi marido,claro si con un poco de suerte empezara a trabajar.
Gracias
En vez de perder el tiempo "haciendo cosas raras" que no os van a librar de la deuda ¿No podríaís poneros a fregar suelos, cargar bultos, cavar hoyos, coser, pintar escaleras para intentar seguir pagando el piso?
Que asco, el caso es recurrir a la "picardía" antes que al sacrificio
Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta