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El titular del juzgado de primera instancia número dos de sabadell, guillem soler, pide al tribunal constitucional que estudie una modificación de la ley hipotecaria para que con la entrega de la vivienda se salde la deuda hipotecaria. Considera inconstitucionales las ejecuciones hipotecarias porque vulneran el derecho a la vivienda

El juez  considera que la legislación debe adaptarse a las condiciones sociales y económicas actuales para evitar los numerosos desahucios y la generación de la exclusión social. El juez también solicita al tc elevar el valor de la vivienda que finalmente se quedan las entidades financieras en las subastas, dado que, tras este procedimiento, las entidades adquieren el inmueble por el 50% de su valor inicial

Además, el juez de sabadell habla de las cláusulas hipotecarias que contienen “ un intenso desequilibrio contractual” entre la entidad y el cliente y estima que son mayoritariamente predispuestos por la entidad financiera

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ortega3
24 Febrero 2011, 20:42

In reply to by luisito

El derecho constitucional a una vivienda digna (o a un trabajo) es un derecho demagógico, inexistente y de carácter puramente mágico porque una constitución no puede contener derechos.

No hay sitio para los derechos en una constitución porque lo único con lo que puede construirse una constitución son las prohibiciones. Lo que aparecen como derechos en una constitución son “derechos negativos” esto es prohibiciones, prohibiciones disfrazadas de derechos. El derecho a la vida es simplemente la prohibición de matar. El derecho a la libre expresión es una prohibición de la censura, el derecho a la intimidad en las comunicaciones privadas es una prohibición de las escuchas y la violación del correo y el derecho a la defensa es una prohibición de los juicios arbitrarios.

Lo que en una constitución aparecen retóricamente como derechos de los ciudadanos no son más que prohibiciones a la contraparte de los ciudadanos, prohibiciones que ponen límites estrictos a la arbitrariedad del estado. Las constituciones sirven para proteger al ciudadano del estado y lo consiguen limitando férreamente al enemigo de los ciudadanos que, obviamente, es el estado.

De esta forma, cuando un derecho constitucional de un ciudadano es violado, es inmediato determinar quién ha violado ese derecho porque basta con saber quien ha cometido el acto que prohíbe taxativamente la constitución. Si el teléfono de un ciudadano ha sido pinchado, por ejemplo, el juez defenderá el derecho constitucional de ese ciudadano persiguiendo a la autoridad responsable de ese pinchazo.

Cuando quienes redactan una constitución es una colección de estatistas iletrados de tendencia totalitaria, que ven en el estado no la lacra que una constitución debe mantener a raya para proteger a los ciudadanos de los abusos de poder sino que ven en el estado una entidad paternalista y protectora, lo que se obtiene es una pieza de cursilería demagógica llena de “derechos positivos” de carácter mágico como la constitución española.

Si un “derecho negativo”, como los que forman una constitución genuina, implica una prohibición para la contraparte, que es siempre el estado, un derecho positivo, como los que aparecen en la “constitución” española, implica una obligación para cierta contraparte.

El problema es que como estos “derechos positivos” solo aparecen en la constitución para añadir demagogia totalitaria y buenismo estatista, esa contraparte que debe asumir la obligación que implica el derecho no aparece, está ausente lo que hace que ese “derecho” esté formado por aire.

Si todo ciudadano español tiene derecho a una vivienda digna y a un trabajo ¿Por qué hay desempleo en España? O ¿Por qué hay gente que no puede irse de la casa de sus padres aunque lo desean?

Si un ciudadano sella en España un contrato mucho más humilde que una constitución, como puede ser comprar un billete de avión, adquiere curiosamente unos derechos que son infinitamente más sólidos que sus derechos constitucionales. Esto es así porque los derechos que adquiere ese ciudadano al comprar ese billete implican obligaciones de la contraparte que es la compañía aérea y esa contraparte está bien definida. Si el vuelo no despega, llega con retraso o se pierde una maleta, el ciudadano reclamará sus derechos y el juez impondrá a la compañía la obligación de restituir los derechos de ese ciudadano. Así se simple.

Los etéreos derechos constitucionales de acceder a una vivienda digna o a un trabajo, que todo español tiene, no parecen implicar la obligación de nadie de hacer efectivos esos derechos, de forma que si esos derechos son violados no parece haber nadie a quien la ley pueda obligar a cumplir unas obligaciones.

Una legislación que derivara consistentemente de una constitución así, debería declarar ilegales los despidos o obligar a toda empresa a contratar a toda persona que quisiera trabajar en la empresa. También debería declarar ilegal el desahucio de un ocupa o de cualquier inquilino aunque no hubiera pagado una sola renta o llevase 20 años sin pagarlas.

El problema con esto es que una legislación así no proporcionaría un empleo a cada español y acabaría con el desempleo sino que llevaría el desempleo al 70%. Tampoco una legislación así proporcionaría una vivienda a cada familia sino que extendería la miseria y el chabolismo.

Por eso estas fantasías mágicas puramente retóricas que aparecen en la “constitución” española nunca son llevadas a leyes reales con efectos prácticos.

Al parecer hay jueces que no entienden esto y llevan sus delirios adolescentes al extremo de tomarse en serio la idea de que un juez puede hacer un mundo más justo.

El teatro guiñol en el que una débil familia se enfrenta a un poderoso banco es una construcción demagógica fantasiosa. En muchas ocasiones, ese deudor ultraapalancado está donde está simplemente porque los negocios fuertemente especulativos producen enormes beneficios unas veces y enormes pérdidas otras. Ninguno pidió que su deuda con el banco fuese reevaluada al alza un 40% tras 3 años de subidas del 17% del valor de su piso.

Las verdaderas víctimas de todo esto, además de muchas familias inocentes que fueron atrapadas por la burbuja creada por gobiernos y bancos centrales, son las personas más humildes y menos organizadas sobre las que el estado hará recaer el sacrificio de todas las aventuras especulativas que han terminado saliendo mal.

Cuando un deudor transfiere a un banco o caja las pérdidas que se derivan de no cumplir lo que se comprometió a cumplir, quien termina sufriendo esas pérdidas en forma de pobreza es la viuda a la que recortan la pensión, el repartidor de fruta al que suben el gasoil o las familias más humildes que pagar mucho más caros los bienes de primera necesidad debido al miserable incremento de impuestos sobre los más débiles.

Cuando un juez perdona sus deudas a un deudor, esas deudas no desaparecen sino que son transferidas por el estado a otros y esas víctimas a quienes el estado sacrifica son siempre, lógicamente, los más débiles, quienes no pueden defenderse del estado.

No pueden defenderse del estado porque no hay una constitución que les proteja, porque no hay una constitución que mantenga firmemente maniatada a la bestia.

hierofante
24 Febrero 2011, 21:28

In reply to by luisito

Así es. Y de hecho ese tipo de brindis al sol están encuadrados en la constitución dentro de un apartado muy concreto y peculiar, el capítulo iii del título primero, los llamados "principios rectores de la política social y económica", donde aparecen, entre otros: protección de la familia, la protección del medio ambiente, el acceso a la cultura, la conservación del patrimonio histórico, la participación de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural (sic), lA defensa de los consumidores, y otros.

Todo así de genérico y de bucólico.

Pero ese capítulo iii no es donde se recogen los "derechos fundamentales y las libertades públicas" (denominación técnica que no queda al albur de que cada cual piense que es fundamental que su ayuntamiento promueva conciertos de música clásica aparentemente gratis). Estos derechos fundamentales se recogen en la sección primera del capítulo segundo; o sea, que son otra cosa.

Y no es cuestión de opinión. Es que la propia constitución lo dice. Los derechos fundamentales más el artículo 14 (igualdad formal ante la ley) y la objección de conciencia respecto al servicio militar del art. 30.2 son los que de verdad pueden ser esgrimidos por un particular ante los tribunales -lo que se llama derecho subjetivo-, además de manera preferente y rápida (se supone), solo pueden ser regulados por ley orgánica (mayoría absoluta y no simple como el resto de asuntos) y pueden ser invocados mediante recurso de amparo ante el tribunal constitucional (siempre que no esté demasiado ocupado con las peleas de la partitocracia).

¿Y los principios rectores de la política social y económica para qué sirven? Uno podria contestar airadamente "para nada". Pero mejor es ver qué dice la constitución, art. 53.3 "el reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el capítulo iii, informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Solo podrán ser alegados ante la jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen".

Si los desarrollan, que no es obligatorio.

En algunos lugares se está haciendo: "derecho a la felicididad y a la vida eterna por ley. Y si la realidad no nos hace felices e inmortales que se prepare la realidad, que le va a caer una buena".

A todo esto habría que ver de dónde saldría el dinero.

Pero volviendo a la cuestión: los principios rectores famosos solo sirven para que se haga propaganda con ellos. O como mínimo tienen esa vertiente extremadamente peligrosa en manos de un político demagogo, valga la redundancia.

hierofante
24 Febrero 2011, 21:31

Creo que fue ibarreche el que en pleno desbarre llegó a hablar de la felicidad de los vascos y las vascas que su iglesia, perdón, gobierno, iba a garantizar para siempre jamás.

hierofante
24 Febrero 2011, 21:35

Y éste, cachondísimo. Festival del humor: artículo 47. Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.

prubio
24 Febrero 2011, 22:49

Lo vengo diciendo para que no os sintais influidos por los esquiroles.
La banca y las asociaciones de empresarios tienen personas que pueden llegar a varios miles para introducirse en los foros de ciudadanos,sensatos , normales, y difundir sus planteamientos.
En el caso de estos juicios en los que es de sentidocomun lo que pide la ciudadania, es decir que la entrega de llaves cancele la deuda, se les nota mas la mala leche.
Todos debemos apoyar al juez o jueces ,que sin hacer caso de los ganster que mandan piden una revision de leyes tan lesivas para los ciudadanos.
Apoyemos cualquier iniciativa individual, popular o judicial que vaya en ese sentido.

Y a vosotros esquiroles, ¡Que os den¡

Anonymous
25 Febrero 2011, 0:56

Joder, ¡Cuantas leyes y artículos salen ahora! ¿Existían ya en el 2005?, Entonces nadie armaba tanta bulla para exigir tantos derechos, con firmar sin mirar valía, era mucho más cómodo. Pero ahora la soga que os pusísteis vosotros solos os aprieta demasiado.

No, es demasiado simple pensar que en España hay dos tipos de personas: una minoría de santos hipotecados y el resto, que según Ud. Son todos malvados banqueros, empleados de bancos o sus familiares.

Pues no, eso es una estupidez.

A mí sus problemas con su hipoteca no me interesan. Se los come Ud con patatas. Yo no tengo deudas, y no me parece que el perdonarle a Ud las suyas me beneficie, así que deje de agitar conciencias y salga Ud a la calle solo, si es tan valiente, a hacer ruido. Ud no lucharía nunca por mis problemas particulares, así pues, yo por los suyos tampoco.

("Claro, hijo, hay que meterse, es lo que hace todo el mundo, así me hice yo con mi casa, además la vivienda nunca baja y alquilar es tirar el dinero, con estos intereses te están regalando la hipoteca") ¿Recuerdan?

Pídan responsabilidades a quienes les dieron tan proverbiales consejos, y déjense de que si "esquiroles" e insultos patéticos similares, que sólo denotan su impotencia, frustración y falta de hombría por no ser capaces de afrontar sus errores, cometidos de forma tan infantil.

Anonymous
26 Febrero 2011, 3:37

In reply to by al que se deja… (not verified)

Eres un auntentico jilipollas,tienes que haber comido muchos rabos para haber perdido toda la sensibilidad,ya se que diras que soy un patetico,pues mira soy autonomo doy trabajo a 9 personas y aunque tu no lo creas si me preocupas sus problemas,sabes con gente como tu es cuando el ser humano deja de ser digno sal de tu castillo guapo y subete a la torreta que yo te empujo,jilipollas

Anonymous
25 Febrero 2011, 1:57

Lo que no entiendo es por qué la gente me mira raro cuando digo que tendríamos que estar quemando politicos en la plaza mayor (en todas las plazas mayores)

Algún dia los españoles tendremos que hacer nuestra revolución, a la francesa...

Guillotin
;-)

Anonymous
25 Febrero 2011, 2:28

In reply to by anónimo (not verified)

Lo que no entiendo es por qué la gente me mira raro cuando digo que tendríamos que estar quemando politicos en la plaza mayor (en todas las plazas mayores)

Algún dia los españoles tendremos que hacer nuestra revolución, a la francesa...

Guillotin
;-)

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La gente te mira raro, no por lo que dices, si no porque llevas un moco asomando por la nariz. Así:

:- _)

maro
25 Febrero 2011, 3:34

Yo no sé cómo no nos hemos echado todavía a la calle como en Grecia, tunez, Egipto...

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