En la segunda transmisión de vivienda protegida en la comunidad de Madrid no se establece el requerimiento de que el comprador tenga que carecer de vivienda en propiedad. Siempre que tu actual vivienda sea libre y que adquieras la vpo para utilizarla como vivienda habitual (no puedes dejarla vacía) sí puedes comprarla
Lo único que tienes que tener en cuenta es que durante todo el tiempo que siga siendo protegida (en función de su calificación) deberás utilizarla como vivienda habitual y, si la vendes, tendrás las limitaciones de precio que estipula para ello la comunidad de Madrid
Que sanciones se contemplan por dejar una VPP vacía de tercera transmisión en Madrid, si no la tienes como residencia habitual al tener una de renta libre en otra comunidad como la habitual. ¿Podrían embargarte el bien inmueble?
Hola vivienda protegida, lamento discrepar en este tema. En el resto de España así es, pero precisamente en la comunidad de Madrid se da esta excepción en cuanto al acceso a una vpp. Para comprarla en primera transmisión hace falta cumplir los requisitos de ingresos máximos y carencia de vivienda, mientras que para comprarla en segunda transmisión y posteriores no (en este caso, y como digo en mi primera respuesta, sólo hace falta carecer de otra vpo y destinar la comprada a residencia habitual) literalmente de la consulta planteada ante la oficina de vivienda de la cam: estimado Sr.: en relación a sus consultas, informarle: . para acceder a una vivienda protegida, uno de los criterios establecidos, en cuanto a régimen de titularidad es que - No se puede ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda protegida en todo el territorio nacional, por lo cual en el momento de acceder a la compra, no puede usted figurar como titular en el registro de índices. En el caso de viviendas en segundas o posteriores trasmisiones (viviendas usadas), el nuevo adquirente no tendrá que cumplir ningún requisito de ingresos familiares, pero si en cuanto a la titularidad de otra vivienda protegida. Atentamtne. Si desea otro tipo de información, no dude en ponerse en contacto con nosotros a través de los canales de atención disponibles: · Telefónico: 012 (lunes a viernes, de 09h. A 20h., y sábados, de 10h. A 13h.) · Fax: 91.728.52.99 (24 horas) · E-mail: oficinavivienda@madrid.org · Correo postal: avda. de Asturias, nº 28, (28029 - Madrid) . Presencial: en Madrid: avda. de Asturias, nº 28 (lunes a viernes, de 09h. A 20h., y sábados de 09h. A 13h.) y C/ Braganza, s/n (lunes a viernes, de 09h. A 14h.). Le agradecemos su consulta. Le atendió, xXXXXXXXXX Oficina de Vivienda de la Comunidad de Madrid www.Madrid.org/oficinavivienda Raquel, ante la duda lo mejor es que llames a la oficina de vivienda de la cam (tfno 012), donde podrán informarte para que te quedes más tranquila un saludo, Elena
5 Respuestas:
Hola Raquel,
En la segunda transmisión de vivienda protegida en la comunidad de Madrid no se establece el requerimiento de que el comprador tenga que carecer de vivienda en propiedad. Siempre que tu actual vivienda sea libre y que adquieras la vpo para utilizarla como vivienda habitual (no puedes dejarla vacía) sí puedes comprarla
Lo único que tienes que tener en cuenta es que durante todo el tiempo que siga siendo protegida (en función de su calificación) deberás utilizarla como vivienda habitual y, si la vendes, tendrás las limitaciones de precio que estipula para ello la comunidad de Madrid
Saludos,
Elena
Muchisimas gracias, me has ayudado mucho.
Hola Elena,
La respuesta que le has facilitado a Raquel no es correcta. Hemos contestado nosotros también, pero quizás convendría que se lo aclarases.
Un saludo
Viviendaprotegidasi
Que sanciones se contemplan por dejar una VPP vacía de tercera transmisión en Madrid, si no la tienes como residencia habitual al tener una de renta libre en otra comunidad como la habitual. ¿Podrían embargarte el bien inmueble?
Hola vivienda protegida, lamento discrepar en este tema. En el resto de España así es, pero precisamente en la comunidad de Madrid se da esta excepción en cuanto al acceso a una vpp. Para comprarla en primera transmisión hace falta cumplir los requisitos de ingresos máximos y carencia de vivienda, mientras que para comprarla en segunda transmisión y posteriores no (en este caso, y como digo en mi primera respuesta, sólo hace falta carecer de otra vpo y destinar la comprada a residencia habitual) literalmente de la consulta planteada ante la oficina de vivienda de la cam: estimado Sr.: en relación a sus consultas, informarle: . para acceder a una vivienda protegida, uno de los criterios establecidos, en cuanto a régimen de titularidad es que - No se puede ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda protegida en todo el territorio nacional, por lo cual en el momento de acceder a la compra, no puede usted figurar como titular en el registro de índices. En el caso de viviendas en segundas o posteriores trasmisiones (viviendas usadas), el nuevo adquirente no tendrá que cumplir ningún requisito de ingresos familiares, pero si en cuanto a la titularidad de otra vivienda protegida. Atentamtne. Si desea otro tipo de información, no dude en ponerse en contacto con nosotros a través de los canales de atención disponibles: · Telefónico: 012 (lunes a viernes, de 09h. A 20h., y sábados, de 10h. A 13h.) · Fax: 91.728.52.99 (24 horas) · E-mail: oficinavivienda@madrid.org · Correo postal: avda. de Asturias, nº 28, (28029 - Madrid) . Presencial: en Madrid: avda. de Asturias, nº 28 (lunes a viernes, de 09h. A 20h., y sábados de 09h. A 13h.) y C/ Braganza, s/n (lunes a viernes, de 09h. A 14h.). Le agradecemos su consulta. Le atendió, xXXXXXXXXX Oficina de Vivienda de la Comunidad de Madrid www.Madrid.org/oficinavivienda Raquel, ante la duda lo mejor es que llames a la oficina de vivienda de la cam (tfno 012), donde podrán informarte para que te quedes más tranquila un saludo, Elena
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