Buenas tardes

He realizado la compra de una VPO en una poblacion de Catalunya.
Según Agencia Habitatge está al amparo RD 2114/68 con calificacion definitiva 1979,para 50 años.Acabaría la proteccion el el 2029
La he comprado a precio libre,segun RD 727/93 y sin pedir autorizacion ya que así lo expresa una carta que recibí del Habitatge,en la cual se manifestaba todo esto.En la carta pone que tengo que ir a visar el contrato.
Mi pregunta es: puedo beneficiarme de la reduccion del ITP al 7%,dado que sigue siendo VPO?es decir el RD 727/93 solo libera en cuanto a precio,pero mi vivienda sigue siendo protegida hasta el 2029,con lo cual entiendo que en la compra me deberian aplicar el 7% del ITP en vez del 10%.Estoy en lo cierto?
Gracias.

3 Respuestas:

carlos
25 Agosto 2016, 17:19

Entonces en la compra de esta casa he de pagar el 7% de ITP y no el 10%?gracias

zidanemaru
9 Octubre 2018, 12:20

Hola carlos..me caso es identico al tuyo..voy a comprar un piso de vpo..quieria saber cuanto pagaste al final de itp? Muchas gracias

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