Okupación de viviendas

Radiografía de la okupación: de los juicios exprés para algunos casos a los plazos para desahuciar

La okupación de viviendas en España ha dejado de ser un fenómeno marginal para convertirse en un tema candente en el debate público. Tanto es así que el Congreso de los Diputados ha aprobado los juicios exprés contra algunas okupaciones a través de la Ley de eficiencia del Servicio Público de Justicia. En concreto, esta nueva norma permite que los delitos de allanamiento de morada y usurpación de vivienda se tramiten bajo juicios rápidos de 15 días. Sin embargo, se quedan fuera las inquiokupaciones, que no están reflejadas en las cifras oficiales, tal y como alertan los expertos. Este artículo examina los plazos de desalojo, las cifras relacionadas, el contexto jurídico y las propuestas de solución en torno a la okupación en España.
Los expertos niegan una caída de la okupación

Okupaciones de viviendas: las cifran oficiales reflejan caídas, pero los expertos lo niegan

Según el Ministerio del Interior, en 2023 se contabilizaron 15.289 denuncias, un 8,8% menos que un año antes. Sin embargo, los expertos jurídicos afirman a idealista/news que la okupación ilegal sigue creciendo ya que la mayoría de los casos no se reflejan en las estadísticas oficiales al no ser delitos de allanamiento de morada ni usurpación del derecho de uso del inmueble. Coinciden en que cada vez más particulares y empresas optan por soluciones alternativas para recuperar rápidamente la posesión de sus propiedades, como negociar y pagar a los okupas o contratar a empresas especializadas en desalojos. Y estos casos no quedan reflejados en las estadísticas oficiales al no haber denuncia. Detallan igualmente que el principal foco de atención son los casos de inquiokupaciones; es decir, inquilinos que han dejado de pagar la renta de forma voluntaria y premeditada.
El portavoz del PNV en el Congreso, Aitor Esteban, interviene durante una sesión plenaria, en el Congreso de los Diputados, a 27 de noviembre de 2024, en Madrid (España).

Aitor Esteban (PNV) muestra su rechazo a los inquilinos "jetas" de la vivienda como los inquiokupas

El portavoz parlamentario del PNV, Aitor Esteban, ha avisado al Gobierno de que su formación no aceptará una reedición del decreto anticrisis para las nuevas ayudas por las consecuencias del temporal que incluya un gravamen a las empresas energéticas no concertado con las haciendas forales de Euskadi y Navarra. Esteban también ha avisado de los riesgos que conlleva amparar a los inquilinos que abusan de la legislación, como en algunos casos de inquiokupación que generan falta de seguridad jurídica que contribuye a la actual escasez de oferta de alquiler.
Edificio okupado

El Congreso aprueba juicios exprés para determinadas okupaciones, pero deja fuera la inquiokupación

El Congreso de los Diputados aprobó el pasado jueves 14 de noviembre la agilización de los juicios para casos de ocupación ilegal de viviendas mediante la Ley de eficiencia judicial. La normativa contempla que los delitos de allanamiento de morada y usurpación de vivienda se tramiten bajo el procedimiento de juicios rápidos, permitiendo que estos se celebren en un plazo estimado de 15 días. Esta aprobación supone un cambio significativo, impulsado por una enmienda del PNV y respaldada por formaciones como PP, Junts, ERC, UPN y Coalición Canaria, aunque con el voto accidental de Bildu. Ahora debe aprobarse en el Senado donde el PP tiene mayoría.
Formas de okupar una casa

Las diferencias entre el allanamiento de morada, la usurpación y la inquiokupación

José Ramón Zurdo, director general de la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA) explica en este artículo cuáles son las diferencias entre estas tres formas de okupar una vivienda. El allanamiento de morada, la usurpación o la inquiokupación hacen referencia a ilícitos penales y no civiles. El allanamiento sí implica penas de cárcel, mientras que la usurpación no, el delito es pagar una simple multa económica. En cuanto a la inquiokupación, en esta forma de okupar, a diferencia de las otras, sí existen títulos habilitantes que aparentan legitimar las ocupaciones, como son los contratos de arrendamiento.