
En Europa hay más de 22 millones de empresas. En España son más de 2,8 millones. La inmensa mayoría de pymes o micropymes, (estas últimas son las más habituales en España, en concreto, son el 94,5% del total, 2.670.526 empresas según datos de 2018, ver gráfico) tiene clientes privados y muchas de ellas obvian una fuente de contratos que bien podrían solucionarles las cuentas a finales de año: las licitaciones públicas, es decir, los contratos emitidos por las distintas administraciones.
Lo cierto es que muy pocas empresas licitan en nuestro país: solo 30.000 empresas son activas en este mercado, eso significa el 1% del total de empresas existentes. Esto quiere decir que el grueso de las empresas se queda fuera de este sector.
¿Por qué el grueso de empresas no licita? “Los pequeños no licitan por desconocimiento, básicamente, muchos no saben que existen estas oportunidades de venta para sus productos o servicios. Otros no lo hacen porque piensan que es complicado”, afirma Gádor Espinosa, CEO y fundadora de itenderspro, agregador de licitaciones públicas.

Además la mayoría cree que los concursos públicos son únicamente para obras y eso era así en origen pero no en la actualidad: existen muchísimos contratos públicos de servicios como por ejemplo, de bar-cafeterías en espacios públicos, servicios de peluquería, de comunicación, de lavandería, papelería, etc.
En este océano de contratos públicos existen unos especialmente interesantes para las empresas más pequeñas y los autónomos: los contratos de bajo importe que estarían entre los 1.000 y los 100.000 euros. “Para las pequeñas empresas es muy fácil conseguir este tipo de contratos, pero es que licitan muy pocas, incluso para estos importes se presentan el 0,3% de las empresas existentes. Antes del Covid, por ejemplo, se presentaron 8.676 micropymes (las que tienen menos de diez empleados). La mitad de las adjudicaciones de los denominados contratos pequeños no recae en las micropymes”, aclara Espinosa.
Si consideramos desde agosto 2019 a agosto 2020, el monto total de los concursos públicos de esta franja baja superó los 3.160 millones de euros, “Bastante menos de lo normal porque estábamos en año de pandemia y muchas compras se paralizaron”, aclara Espinosa.
Las licitaciones de franja baja suelen ser además, las más numerosas: en el año Covid hubo más de 90.000 concursos públicos de menos de 100.000 euros, frente a los más de 52.000 concursos superiores a esa cantidad. “Esta franja baja de licitaciones es más accesible para micropymes y autónomos porque cuando son importes pequeños no se exige casi ninguna documentación, y la solvencia económica y técnica (esta segunda se refiere a la experiencia previa), no se exige tampoco. Normalmente, con dos papeles (el DEUC y la oferta económica), basta”, dice Espinosa.
Y una aclaración final: no hay que confundir estos contratos pequeños con los denominados contratos menores que son un tipo de procedimiento de contratación que sigue un protocolo diferente y que se establece para casos especiales identificados por la Ley. Este tipo de contrato no necesita de concurso público, es decir, no se publicita, y, en palabras de Espinosa, “está en vías de extinción”.
Diccionario básico de la licitación
Pliego: documento con todas las indicaciones para presentar la oferta correctamente. Será parte del contrato si eres adjudicatario. Es de obligado cumplimiento.
Lote: partes de la licitación. A cada lote se presenta oferta independiente, aunque sea el mismo concurso. Es para que puedan optar los pequeños.
Solvencia técnica: acreditación de la experiencia previa. Por ejemplo, si eres abogado, que justifiques que has ejercido como tal. No tienes que haber trabajado antes con la administración.
Rolece: Registro Oficial de Licitadores. Para licitar hay que estar inscrito en este registro, se hace solo una vez, es gratuito y muy sencillo.
Solvencia económica: acreditación de medios económicos y financieros. Si tienes un pequeño bufete y facturas unos pocos de miles de euros al año, no podrás presentarte a concursos de cientos de miles.
DEUC: Documento Único de Contratación Europeo que evita presentar poderes o escrituras.
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