Se reduce entre un 30% y un 50% el precio de los abonos de transporte y se concede un cheque de 200 euros a autónomos y desempleados
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Prorrogado el decreto anticrisis: tope a los alquileres hasta el 31 de diciembre
Pedr Sánchez, presidente del Gobierno de España idealista/news
Europa Press

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado un nuevo paquete de medidas hasta el 31 de diciembre para hacer frente al alza de la inflación derivada de la guerra en Ucrania, que tendrá un coste de 9.000 millones, que se eleva a 15.000 si se suman las medidas en vigor hasta la fecha y que ayudarán a contener el Indice de Precios de Consumo hasta final de año en 3,5 puntos.

En rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros Extraordinario, Sánchez ha detallado que este nuevo paquete de medidas supone un esfuerzo extraordinario desde el punto de vista presupuestario, superior a 9.000 millones, que se desglosa en 5.500 millones en gasto para proteger a familias y empresas y 3.500 millones en rebajas fiscales. De este modo, hasta el final del año 2022 se habrá invertido cerca de 15.000 millones de euros en proteger a familias y empresas, más de un punto del PIB español.

Las nuevas medidas del decreto anticrisis

Entre las nuevas medidas anunciadas por Sánchez, y con el fin de fomentar el uso del transporte público, figuran:

  • Una reducción a partir del 1 de septiembre del 50% del precio de todos los abonos mensuales y de cualquier tipo de abono de empresas de transporte estatal, como Renfe, y del 30% para los abonos de las modalidades de transporte que dependen de ayuntamientos y comunidades autónomas, descuento que pueden ampliar con recursos propios hasta el 50%.
  • Asimismo, ha anunciado un aumento del 15% de las pensiones de jubilación e invalidez no contributivas, lo que supone un incremento de 60 euros al mes (360 euros de aquí a finales de año). 
  • Una ayuda directa de 200 euros para autónomos y desempleados de bajos ingresos que se podrá solicitar desde julio o la limitación del precio máximo del butano, que estará en vigor hasta el 31 de diciembre.
  • También se reducirá el IVA del recibo de la luz del 10% al 5% y se mantiene el resto de medidas relacionadas con la electricidad, como la ampliación del descuento del bono social, la suspensión del impuesto sobre el valor de la producción y reducción al mínimo del impuesto de la electricidad.
  • En el ámbito de los carburantes, se mantiene también hasta final de año la reducción de 20 céntimos en el litro de combustible.

Prórroga de las medidas aprobadas el pasado 29 de marzo

Con el objetivo de reforzar la protección a grupos más vulnerables se prorrogan las siguientes medidas hasta el próximo 31 de diciembre: 

  • Se mantienen las ayudas del Ingreso Mínimo Vital (IMV). 
  • La prohibición de suspender el suministro de energía
  • El tope a la subida de alquileres. El Gobierno prohíbe por decreto actualizar el alquiler por encima del 2% hasta el próximo 31 de diciembre. Es decir, ha desvinculado del IPC la renovación anual de los contratos del alquiler. La normativa establece una distinción entre grandes tenedores, que tendrán que aplicar como máximo una subida de las rentas del 2%, y los pequeños propietarios, que sí podrán renegociar con sus inquilinos subidas por encima de ese porcentaje. No obstante, en caso de no llegar a un acuerdo, el arrendador aplicará ese 2% de incremento en la renta del alquiler.
  • El aumento de costes energéticos no pueda suponer causa de despido en empresas que dependan de la Administración.

Igualmente, se prorroga a septiembre el aplazamiento del pago de cuotas a la Seguridad Social, se aprueban ayudas directas a la industria gasintensiva, se prorrogan las ayudas a la sequía y se extienden las ayudas a afectados por los afectados por la erupción del volcán 'Cumbre Vieja' en la isla de La Palma.

Este Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio se ha publicado de forma extraordinaria en el Boletín Oficial de Estado el pasado domingo 26 de junio. En materia de alquiler de vivienda, el decreto aclara que, “teniendo en cuenta la evolución reciente del Índice de Precios al Consumo, es preciso extender la aplicación de las medidas de limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda, con objeto de evitar en un mismo contrato un excesivo impacto en las personas y hogares arrendatarios de vivienda de la evolución de una referencia cuya variación está obedeciendo a elementos del contexto nacional e internacional que son ajenos al ámbito del arrendamiento de vivienda”.

Y continúa con “en consecuencia, se considera necesario prolongar hasta el 31 de diciembre de 2022 la limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda (…), de forma que, en defecto de acuerdo entre las partes, no pueda superar la actualización de la renta el resultado de aplicar la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad, que ofrece una evolución sujeta a una mayor estabilidad, en el contexto actual.

Y es que desde el estallido de la Guerra en Ucrania, el IPC se ha disparado por encima del 7%. El último dato oficial de la inflación conocido antes del primer decreto de medidas del pasado marzo era del 7,6%, con cifras de febrero. Actualmente, este nuevo decreto que amplía las medidas hasta el 31 de diciembre ha tenido como referencia el último dato del IPC de abril, que alcanzó una tasa del 8,3%.

“Ello justifica la extraordinaria y urgente necesidad de adoptar medidas para evitar un desproporcionado incremento en la renta de estos contratos, al introducir el referido índice determinados factores que responden a la situación internacional y que son ajenos al ámbito del arrendamiento de vivienda”, aclara el BOE.

También se ha prorrogado la suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional.

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7 Comentarios:

Martín Muñoz
27 Junio 2022, 14:52

La inflación por culpa de Putin o la guerra de Ucrania?
Tontos lo que lo creen, pero más tontos los que lo promueven! Parece que ya no existe gente con cerebro!

César
1 Julio 2022, 14:03

Por favor, ¿Alguien me puede aclarar de dónde se saca que es el 2% como máximo en la limitación de la subida anual de los alquileres? Según el BOE hay que aplicar la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad a fecha de dicha actualización, y hoy por hoy, por lo que veo está en el 4,05%. Gracias

César
1 Julio 2022, 14:30

Nada, ya lo he visto. No puede superar el objetivo a medio plazo de inflación anual del Banco Central Europeo (2 por ciento)

Carolina Fornas
18 Agosto 2022, 15:34

Según el artículo 46 apartado b) del RD 11/2022 de 25 de junio los pequeños tenedores negociarán con el inquilino y de no haber acuerdo se aplicará el IGC. En el mes de mayo según el INE era de 4.66% así que lo del tope del 2% no lo veo. Aclaren por favor.

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