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Nuevos escenarios para poder suspender la aplicación de las cláusulas suelo en el proceso judicial

El juzgado de lo mercantil nº1 de bilbao ha dado vía a libre a suspender cautelarmente la aplicación de la cláusula suelo de aquellos hipotecados que se encuentre en un proceso judicial para solicitar su nulidad. De acuerdo con el auto, la suspensión cautelar se mantendrá vigente hasta  que se dicte sentencia y a pesar de no cumplirse estrictamente uno de los requisitos que exige la ley de enjuiciamiento civil (lec)

La interpretación de esta sentencia es amplia. El problema se centra en si se cumplen o no los requisitos necesarios para conceder la medida cautelar. Éstos aparecen en el artículo 728 de la lec y consisten en una apariencia de buen derecho (el interesado debe justificar un juicio provisional favorable a su pretensión) y la existencia de peligro por la mora procesal, entre otros

Este último punto es el controvertido, y se cumple cuando existe la posibilidad de que se produzcan situaciones que impidan o dificulten la efectividad de la sentencia estimatoria. El abogado del hipotecado se basa en la “complicada” situación que atraviesan las entidades financieras y en el “evidente” perjuicio económicos que los demandantes están sufriendo

Ello podría provocar, a su juicio, "dificultades de cara a abonar la cuota mensual correspondiente y la ejecución de la hipoteca y, por tanto, la falta de eficacia de la eventual sentencia estimatoria"

Sin embargo, el juez considera que no existe peligro por la mora procesal aunque asegura que en este caso "la apariencia de buen derecho de los solicitantes es tan intensa y los perjuicios económicos para la familia derivados del mantenimiento de la cláusula son tan elevados que debe acordarse la suspensión de la cláusula suelo solicitada, incluso aunque el requisito de la mora procesal, tal como viene regulado en la lec, no concurre"

La generalización de este criterio supondría para el cliente dejar de pagar durante el proceso la suma correspondiente a la cláusula, en este caso, de 200 euros al mes. Sin embargo, se trata de un fallo aislado y recurrible

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1 Comentarios:

Anonymous
15 Octubre 2013, 22:16

Con la justicia hemos topado

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