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Un Juzgado de Barcelona vuelve a dudar de la credibilidad del Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) al declararlo nulo por ser abusivo para el consumidor. Este índice de referencia hipotecario acumula más de 30 sentencias en contra al considerar que puede ser manipulado por parte de las entidades bancarias.

El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) lleva renqueando desde que en 2013 se sustituyera el índice IRPH Bancos, IRPH Cajas y al Tipo CECA en la Ley de Emprendedores por el actual IRPH de Conjunto de Entidades. Un cambio de nombre y de condiciones que no ha supuesto, sin embargo, que se equiparase a otros índices de referencia hipotecario como el Euríbor.

En algunos casos supone que el hipotecado llegue a pagar unos 300 euros más cada mes que si estuviera referenciado a otro indicador, según afirman asociaciones de consumidores. “Los préstamos hipotecarios referidos a alguna de estas variedades de IRPH superan los  1,3 millones de afectados en España”, concretan las asociaciones.

Estas últimas sentencias concretan que el índice puede llegar a ser manipulado por las entidades,  “ya que son las entidades las que facilitan los datos para que se elabore el indicador, cabe concluir que (…) en mayor o menor medida, la entidad demandada influye en el importe del índice que se utiliza (…) por lo que se aplica lo dispuesto en el artículo 1256 del Código Civil que dispone que la validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes".

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