Pregunta de

8 Respuestas:

26 Enero 2012, 11:18

Contra antes comiences acciones legales mejor.1denuncia.2busca abogado de oficio.aunque tardara los sacaras.

27 Enero 2012, 8:53

Tienes el problema de vivir en el país en el que vivimos. Tu quebradero de cabeza sólo acaba de comenzar y el diseño legislativo y del estado para conseguir lo que es tu derecho, el retorno de tu bien por incumplimiento de contrato, te va a costar mucho dinero y tiempo. Intenta dialogar y llegar a un acuerdo con el inquilino, insiste, no pierdas los nervios, porque entre abogado, procuradores, tasas, etc... vas a sufrir una media de entre 1 y 3 años y mientras, el inquilino, ¡A vivir!. Yo tengo vivienda en alquiler, con contrato según lo determinado en la Ley de arrendamientos urbanos, he intentado sacar un seguro de riesgo de alquiler y piden más avales que para una hipoteca (una persona que tiene 9 años de vida laboral, media de 1100 euros mensuales y sólo ha cobrado el paro 4 meses para una renta de 400€). Al final he alquilado... mejor eso que tener la casa vacía, y en caso de impago te pudo asegurar que en lo último que creo es en la justicia española y en su sistema... pero no queda otra, pues otros métodos son ilegales y poco éticos. Vivimos en un país que defiende a los estafadores, a los vividores, a los corruptos... y a los que nos hemos roto el cuerpo a trabajar para invertir en este país con nuestros ahorros nos desprecian con leyes enfarragosas, inteligibles, complejas al punto de que ni los redactores de la misma la entienden muchas veces, que se contradicen unas a otras... ¡Qué viva España!.

29 Enero 2012, 16:00

In reply to by DMBA (not verified)

Entiendo su punto de vista, pero ahora yo estoy del otro lado, llevo cuatro años alquilando el inmueble, jamas un inpago o un retraso, en el contrato se estipula que para dejar el piso hay que avisar 60 dias antes, como lo hicimos con treinta la dueña se quiere quedar con nuestra fianza, esto despues de ver el piso y de reconocer que estaba en perfectas condiciones, la fianza es de 3000€, por eso no creo que hablemos de arrendatarios o arrendadores, se habla de buenas y malas personas, gente que busca aprovecharse de la buena fe, de las personas que cumplimos con todas nuestras obligaciones, pero queremos ejercer tambien nuestros derechos.

patricia
13 Mayo 2012, 22:20

In reply to by anónimo (not verified)

Si es usted buena persona, cumpla el contrato, que dice 60 días, para algo lo pondrían, no? o se cree usted que las cláusulas del contrato son aleatorias, sin sentido. Si es así, no lo firme o re negocielas, pero si las firmó, ha de cumplirlas, independientemente de que haya pagado religiosamente usted .... es algo que no soporto de los inquilinos en España: que porque han pagado religiosamente se creen buenas personas y buenos inquilinos y con derecho a saltarse otras cosillas.... pero oiga, en el extranjero se paga religiosamente todos los meses, sin retrasos, y si el contrato pone 60 días de pre aviso, pues son 60 días, y no se pone pingando a un arrendatario que elige no aceptar su propuesta.

Espero que le sirva de algo este comentario

28 Enero 2012, 19:07

Preguntas si hace falta un procurador ? lo que hace falta es tener un par de ovarios y liarse a guanta, por este motivo yo no alquilo, me haria falta pero me arreglo con menos, asi que vendo barato antes que alquilar.

28 Enero 2012, 21:49

Vaya precios telefonicos que tiene el abogado avalado por idealista, encima un 807. Para este viaje no se necesita alforjas, existen un monton de paginas y foros donde te orientan perfectamente.

Por otro lado me parece muy mal que una seccion del foro para consultas que son contestadas por todos en ocasiones muy acertadamente, pueda servir de plataforma para cobrar, aunque sea telefonicamente.

Dicho lo cual, dmb, no hay que ser tan nefastos, tienes razon en lo del pais en que estamos, en el que no se castiga la picaresca continuada o la caradura, entiendiendose por ello que el que no cumple con lo pactado, tiene que ser inmediatamente desalojado de una propiedad y recuperarse la posesion de ella, ademas de ser responsable de una deuda.

Si penalmente fuese responsable, -que lo puede ser por los daños que pueda haber ocasionado en la vivienda-, o por el perjuicio ocasionado, estoy seguro que no habria tanto caradura. Al final todo se resume en lo mismo: leyes mas duras.

Al parecer la cosa se esta aligerando algo mas, pero que realmente te tienes que gastar una pasta, cierto es, mientras que esta chusma, ya sea por asuntos civiles o penales, se le facilita todo por la patilla, sin que tenga que poner un duro y pasando de todo, mientras que tu tienes procurartelo todo,

Eso tiene que cambiar

patricia
13 Mayo 2012, 22:22

Perdón, quería decir arrendador, no arrendatario, que no quiere aceptar 30 días si se firmaron 60 días de pre aviso

patricia
13 Mayo 2012, 22:31

No entiendo como puede usted decir que cumple con sus obligaciones si se quiere ir 30 días antes de lo pactado en el contrato....
De que derechos habla? porque yo solo leo que el arrendador tiene derecho a 60 días de pre aviso....
Creo que no tiene usted razón por muy religiosamente que haya pagado

Para qué sirve un contrato firmado entonces?????

Alguien me lo puede explicar?

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