Hay que ver el contrato de alquiler. Si en el renuncias al derecho de adquisición preferente, si puede sin avisarte. El inquilino tiene derecho de adquisición. Deberían haberlas ofrecido a los inquilinos. Depende del tiempo que haya pasado, y si no habéis renunciado a ese derecho, podriais desacer la venta y comprar la vivienda por el mismo precio que ha pagado el actual comprador.
Pero por otro lado, es raro que a una comunidad autónoma se le haya escapado algo, y lo haya hecho mal
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Hay que ver el contrato de alquiler. Si en el renuncias al derecho de adquisición preferente, si puede sin avisarte.
El inquilino tiene derecho de adquisición. Deberían haberlas ofrecido a los inquilinos. Depende del tiempo que haya pasado, y si no habéis renunciado a ese derecho, podriais desacer la venta y comprar la vivienda por el mismo precio que ha pagado el actual comprador.
Pero por otro lado, es raro que a una comunidad autónoma se le haya escapado algo, y lo haya hecho mal
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