Pregunta de

1 Respuestas:

Anonymous
23 Septiembre 2010, 9:33

La responsabilidad segun la loe de todo lo que no sea daño estructural se extingue en los 3 primeros años desde la recepcion de la construccion por parte del promotor, o en su caso de la fecha del certificado final de obra.
Para defectos de acabados es unicamente de un año, y por daño estructural es de 10 años.

Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta