Muchas gracias por la respuesta. Según la disposición adicional octava del decreto 59/2013. En su partado 3.a sólo habla de la posibilidad de compra a los 7 años.
Y en su apartado 3.b del precio máximo de venta en la opción de compra dice: B) el precio máximo de venta de la vivienda será el resultado de multiplicar el precio máximo de venta por metro cuadrado de superficie útil que figure en la calificación definitiva de la vivienda, por el coeficiente de actualización que se establezca por la normativa autonómica reguladora de la financiación cualificada en materia de vivienda, y minorar de la cantidad resultante el 50 por 100 de las cantidades desembolsadas durante el arrendamiento en concepto de renta. ¿Sería obligatorio usar los últimos coeficientes aprobados, o los aprobados en su día (decreto 12/2005) a la firma del contrato?
Con todas estas ambigüedades es con las que estamos perdidos. Ya que si son los actuales, que sentido tiene que nos den 3 opciones si solo dejan comprar en el septimo año. En cambio todo el plan 2009-2012 si que está claramente regulado.
¿Que coeficiente de actualización nos tienen que aplicar? El 2 como dice en el decreto 12/2005 derogado por la orden 88/2009 u otro que no sé donde buscarlo (quizas en la orden 108/2004)
2 Respuestas:
Muchas gracias por la respuesta.
Según la disposición adicional octava del decreto 59/2013. En su partado 3.a sólo habla de la posibilidad de compra a los 7 años.
Y en su apartado 3.b del precio máximo de venta en la opción de compra dice:
B) el precio máximo de venta de la vivienda será el resultado de multiplicar el precio máximo de venta por metro cuadrado de superficie útil que figure en la calificación definitiva de la vivienda, por el coeficiente de actualización que se establezca por la normativa autonómica reguladora de la financiación cualificada en materia de vivienda, y minorar de la cantidad resultante el 50 por 100 de las cantidades desembolsadas durante el arrendamiento en concepto de renta.
¿Sería obligatorio usar los últimos coeficientes aprobados, o los aprobados en su día (decreto 12/2005) a la firma del contrato?
Con todas estas ambigüedades es con las que estamos perdidos. Ya que si son los actuales, que sentido tiene que nos den 3 opciones si solo dejan comprar en el septimo año. En cambio todo el plan 2009-2012 si que está claramente regulado.
Muchas gracias de nuevo.
La pregunta que tengo yo es:
¿Que coeficiente de actualización nos tienen que aplicar?
El 2 como dice en el decreto 12/2005 derogado por la orden 88/2009 u otro que no sé donde buscarlo (quizas en la orden 108/2004)
Muchas gracias
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