Se trata de la reducción del nivel de riesgo del 150% al 100%, que pretende facilitar la promoción y construcción de viviendas
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Crédito para a construção de casas
Créditos: Gonçalo Lopes | idealista/news
Frederico Gonçalves
Frederico Gonçalves

La Unión Europea (UE) está trabajando en una propuesta para flexibilizar los requisitos exigidos a los bancos a la hora de conceder crédito promotor, con el objetivo de facilitar la promoción y construcción de viviendas y, así, aumentar la oferta de casas. En esencia, se trata de suavizar los requisitos exigidos por los bancos a la hora de prestar dinero a quienes están sobre el terreno desarrollando y construyendo proyectos inmobiliarios.

Según el Jornal de Negócios, los requisitos actualmente en vigor se endurecieron tras la crisis financiera de 2008 y establecen que, a efectos de los activos ponderados por riesgo (APR), los créditos concedidos en estas actividades están sujetos a una ponderación de riesgo del 150%. En otras palabras, por cada 100 euros prestados, los bancos tienen que tener en cuenta 150 euros a la hora de calcular los APR. 

Esta ponderación, en la propuesta del Parlamento Europeo y el Consejo Europeo que ahora dirige António Costa, será ahora del 100% en determinados casos. Este “proceso” se ha sometido a consulta pública y se espera que se presente un informe final en julio.

Según una fuente oficial del Banco de Portugal (BdP), tenderá a aumentar la “sensibilidad al riesgo del llamado método estándar, que obliga a las entidades a calcular los requisitos de capital utilizando parámetros fijos, basados en hipótesis relativamente conservadoras”. 

“En el caso de las posiciones garantizadas por inmuebles residenciales o comerciales, se prevén métodos más sensibles al riesgo para reflejar los diferentes modelos de financiación y etapas del proceso de construcción”, explica la misma fuente, citada por la publicación portuguesa. 

La ponderación del riesgo se reduce del 150% al 100% cuando se cumple al menos una de varias condiciones, como: 

  • La existencia de importantes “anticipos” sobre la propiedad;
  • Que los promotores inviertan su propio capital, no financiado por bancos;
  • Un número significativo de contratos de preventa firmados.

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