Comentarios: 21
El casero debe pagar las obras de aislar una vivienda por los ruidos

Artículo escrito por Ignacio chávez, experto de alquiler protegido

Muchas viviendas tienen el inconveniente de sufrir en exceso los ruidos procedentes del exterior, de la calle. Esta situación se repite con mucha frecuencia y normalmente es producida por ser una calle muy concurrida de gente o por tener cerca alguna carretera o avenida con gran densidad de circulación de vehículos

Ante esta situación, muchos inquilinos se preguntan cómo solucionar el problema. La solución ideal es disponer de unas ventanas con un buen acristalamiento que no deje traspasar el ruido del exterior al interior de la vivienda

Además del ruido, en multitud de ocasiones, las casas disponen de ventanas obsoletas y en mal estado, hecho que produce que la entrada de ruido del exterior sea la tónica habitual. En este caso nos preguntamos, ¿puede el inquilino pedir al propietario de la vivienda que cambie las ventanas? ¿a quién le corresponde pagar la factura?

Como ya hemos comentado en otras ocasiones,  las pequeñas reparaciones  las debe satisfacer el arrendatario al amparo del artículo 21.4 de la ley de arrendamientos urbanos, que indica: “las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán a cargo del arrendatario”. Sin embargo, en este caso, cambiar unas ventanas es considerado un cambio de mayor enjundia por lo que lo normal sería que el coste de su sustitución recayera en el propietario del piso

Hay que señalar que en el caso de las obras de conservación, responsabilidad del propietario, éste podrá pedir al inquilino una compensación parcial del importe de las obras de hasta el 12% de la factura. Esta repercusión no podrá superar el 50% de la renta anual que pagas y además, deberá repercutirlo en las siguientes doce mensualidades

En definitiva y a modo de conclusión, es importante que exista buena voluntad por ambas partes y que impere el sentido común, teniendo muy claro que de no conseguir llegar a un entendimiento lo más apropiado es verificar que dice la ley al respecto

Visitar la web de alquiler protegido



  

Ver comentarios (21) / Comentar

21 Comentarios:

7 Febrero 2013, 9:54

-Gastos inherentes al continente de la propiedad pertenecen a su dueño el arrendador
-Las tasas de basura e impuestos ,son cumplimiento obligado por parte del arrendador
-El arrendatario solo le competen : gastos de contador

Sucece que los arrendadores prefieren lanzar infundios interesados por si cuela
Y te meten algun otro gasto

Arrendatario-a: si algún alquilador quiere cobrarte impuestos u otros que no correspondan
Te largas a otros que tambien hay gente respetable, y no los suelen incluir
Total si es por alquileres: los hay a patadas
Y todo dios esta loquito por alquilarte su pisito caro por error

deyanira
7 Febrero 2013, 10:04

Obviamente!!

Lo que no pretenderá el propietario es que yo le realice una mejora de la vivienda (no conservación por el desgaste en su uso), y cuando me vaya del piso que le quede para él sin haber invertido ni un euro, claro......

Alguno saldrá ahora diciendo que en algunos países (Austria, Alemania, Noruega...) el inquilino tiene la obligación por contrato de pintar la vivienda al menos una vez, al entrar o al salir....
Sí, pero en esos países un alquiler normal suele rondar los 200-300 euros al mes, y los salarios duplican al de los españoles, que de media pagan 500 euros de alquiler, es decir el doble.....

Ya me contarán.....

Entonces supongo que también estarás de acuerdo en que cuando salgas del piso, se te reclame los gastos de la limpieza de toda la mierda que has dejado y de todos los daños que has producido... o solo quieres el ancho del embudo?, porque hay casos en que se te quitan las ganas de alquilar, y encima, tal como estan los juzgados, tenemos que estar agradecidos de que hayan dejado la vivienda vacia. A que de eso no comentas nada en esos paises... el que no paga, -ni se le persigue-, el que no abandona la vivienda, los gastos -y ahora mas con la ley gallardón-, de deshaucio.

El certificado energético, es un sacapelas mas, impuesto por Europa, comedura de tarro e imposicion de grupusculos pseud-oecologistas como lo son tantas cosas que existen en este pais. Porque entre otras cosas, las viviendas, por ejemplo de mas de 15-20-30 años y no digo mas antiguas, se construyeron con las leyes de construcción vigentes en esos momentos. Como coño se van a adaptar a la nueva normativa. Mas me fio de esas viviendas, que de las nuevas, que cumplan todas las normativas, pero que los especuladores han escatimado en materiales de construccion, mano de obra. etc. etc.

Cuando España deje de ser pais de cortadilllo y rinconete, se podra exigir tanto a una parte como a otra. Y si no ya sabes... ahorra, hipotecate y comprate tu vivienda, eso si con calificacion energetica.

10 Febrero 2013, 10:49

In reply to by anónimo (not verified)

Estos buitres son asi. Te quieren endosar una vivienda de hace 30 años sin reformar al precio de una vivienda nueva. Con el certificado esas viviendas se van a devaluar al precio que deben de tener realmente

7 Febrero 2013, 10:28

Ya basta!!!! El certificado energetico pondrá orden a estas cuestiones y sobre todo al valor de las propiedades. El consumidor sabrá distinguir fácilmente entre una vivienda G a una vivienda c, y cada una tendrá su valor.

Por el derecho a pagar el valor real!!!!!!!!!!!!! que no nos estafen!!!!

7 Febrero 2013, 13:04

Totalmente de acuerdo

7 Febrero 2013, 13:10

Seamos realistas:

El arrendador alquila una vivienda con todas sus circunstancias;
Algunas tienen tres habitaciónes, otras cinco, otras un cuarto de baño, o varios. En suelos también existen muchas calidades parquet, tarima, plaqueta, terrazo, etc, etc.

Las hay también con doble ventanal, con ventanal con climalit y muchas con ventanas de madera con cristales de 3 milímetros. El único problema, a mi juicio,de una vivienda ruidosa para el arrendador es su "valor añadido. A mejores calidades y entre estas están los aislamientos, mejores rentas.

Pero de ahí a decir que el arrendador está obligado a cambiarte las ventanas porque la vivienda es ruidosa o gastas mucho en calefacción hay un mundo.

El arrendador puede alquilar el piso con las condiciones mínimas de habitabilidad que le marca la ley, si es que las marca -ver infraviviendas-. En que cabeza podría caber que el arrendatario pueda exigirle mejoras no imprescindibles para garantizar dichas condiciones mínimas de habitabilidad.

El certificado energético es un paripé que se han inventado los políticos para gravar a los propietarios. Estos pueden tener la peor calificación y alquilar la vivienda por una pasta siempre y cuando haya gente dispuesta a pagarla.

Fayna
25 Octubre 2015, 1:13

In reply to by antónimo (not verified)

Y por qué no está el propietario obligado a cumplir la normativa sobre ruidos en interior de vivienda? Y más si pone en el
Contrato, como todos, que la vivienda está en perfectas condiciones de habitabilidad.

7 Febrero 2013, 14:04

Seamos sensatos:

El casero no tiene porqué realizar mejoras, fuera de lo que marque la ley en cuestiones de habitabilidad mínima exigible. Otra cosa es que el realizarlas implique un aumento del valora añadido y por consiguiente del valor de renta del inmueble.

El inquilino es el que tiene que valorar antes de alquilar la relación calidad-precio de lo que se le ofrece y negociar.

El certificado energético es solamente un gravámen impuesto por leyes europeas en materia de vivienda para el arrendador, que sin duda intentará repercutir finalmente en el arrendatario.

El precio de la renta no depende de la eficiencia energética de esta aunque indudablemente una alta eficiencia redunde en una renta mayor y viceversa. La renta se fija por acuerdo entre las partes como es lógico, y es independiente de si el aislamiento es bueno o malo.

Es lo que hay.

7 Febrero 2013, 14:11

Yo he estado en Francia recientemente y observando los escaparates de inmobiliarias, las viviendas con certificado energetico "g" de media tenian un valor inferior con respecto a otras viviendas con mejor calificacion de hasta un 30-40 % tanto en venta como en alquiler.

Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta