En nuestro consultorio inmobiliario un usuario nos cuenta que tiene una vivienda de VPP que adquirió hace 8 años y que el año pasado compró otra vivienda con 42 años de antigüedad y que desconocía que estuviera también protegida. Un abogado comenta que la VPO debe ser el domicilio habitual y permanente. Recuerda que si una de ellas no la puede destinar al alquiler, entonces la tiene que descalificar o transmitir a un tercero.
Al usuario le preocupa tener dos viviendas de protección en la misma Comunidad autónoma, Madrid, y que ésta pueda multarla o tomar alguna decisión en su contra, como obligarla a devolver las ayudas recibidas por la primera vivienda adquirida.
El abogado Ángel Sancha, de Vivienda Protegida Sí, señala que el requisito que tiene que cumplir el comprador de una vivienda protegida en segunda transmisión en la misma Comunidad de Madrid es el de destinar la misma a domicilio habitual y permanente. Y recuerda que este requisito también es exigible en el caso de la vpp que el usuario adquirió hace dos años.
“Si la vivienda que adquiriste el año pasado es una VPO de promoción pública no la puedes destinar al arrendamiento por lo que tienes dos opciones: descalificarla o transmitirla a un tercero”, sentencia.
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