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Un juez declara que el pazo de Meirás es propiedad del Estado y pide a la familia Franco su devolución
Pazo de Meirás Creative commons

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña ha estimado íntegramente la demanda interpuesta por el Estado y lo declara propietario del Pazo de Meirás, por lo que condena a la familia Franco a la devolución del inmueble sin ser indemnizada por los gastos en los que afirma haber incurrido para el mantenimiento de la propiedad. En el procedimiento, la Xunta de Galicia, el Concello de Sada, el de A Coruña y la Diputación Provincial defendieron también la postura de la Abogacía del Estado, mientras que como demandados constan seis familiares de Francisco Franco y una sociedad limitada.

La magistrada Marta Canales anula la donación que se hico en 1938 del Pazo de Meirás al por aquel entonces jefe del Estado, Francisco Franco Bahamonde, por carecer del requisito esencial de forma”. Fue un regalo a Franco por ser el jefe de Estado, no a título personal. Además, la juez concluye que la compraventa de 24 de mayo de 1941 fue una “simulación”, lo que determina la nulidad de la misma. Se trata del título esgrimido por los demandados y por el que Franco, a título particular, logra la inscripción de la finca en el Registro de la Propiedad.

“El Pazo de Meirás se había entregado a la Junta Pro Pazo del Caudillo en la primavera de 1938, comprado en escritura pública por la Junta el 5 de agosto de 1938 y la Junta Pro Pazo hizo entrega formal al caudillo el 5 de diciembre de 1938. El 24 de mayo de 1941 no se entrega a Franco el pazo y Franco nada paga. La vendedora ya había vendido. La reservista [Manuela Esteban Collantes y Sandoval] ya había renunciado a su derecho. Franco nada compra”, se subraya en la resolución.

Al entender que la propiedad del pazo corresponde al Estado, la juez declara también nula la parte de la escritura por la que los herederos de Franco se hicieron con el inmueble, así como la donación de las fincas que se recoge en una escritura de noviembre de 1982. La sentencia no es firme, ya que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de A Coruña.

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