Una de las medidas más sonadas que presentó el Gobierno a principio de año son las ayudas para el alquiler a jóvenes entre 18 y 35 años, y a pesar de que lleva ya seis meses en vigor sólo dos comunidades autónomas han publicado convocatorias para solicitarlo. Según calcula el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), cera de 70.000 jóvenes podrían recibir esta ayuda de 250 euros, sin embargo, ninguno la ha obtenido todavía.
A pesar de que varias comunidades han presentado la documentación que exige el Gobierno para transferir el dinero destinado a las ayudas (Asturias, Galicia, Canarias, Cantabria, Cataluña, La Rioja, Madrid, Islas Baleares, Comunidad Valenciana, Andalucía y Extremadura) únicamente Cataluña y la Comunidad Valenciana han publicado ya las convocatorias. El resto de las comunidades han pedido que el Ejecutivoenvíe el dinero antes de presentar la documentación, aunque este sostiene que sin la misma no se realizarán las transferencias.
El bono joven de alquiler se concederá por dos años y se abonará con efecto retroactivo a los solicitantes entre 18 y 35 años. Quienes lo soliciten deben contar con ingresos por debajo de 24.318 euros anuales (tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). La renta del alquiler en caso de vivienda no puede superar los 600 euros mensuales (o 900 en las zonas más tensionadas) y en caso de habitación debe ser una renta máxima de 300 euros al mes (450 en zonas más tensionadas).
La ayuda es compatible con otras prestaciones de las comunidades siempre que no supere el 40% de la renta del alquiler, descontando el bono, además de otras prestaciones no contributivas de la Seguridad Social y el IMV, y la suma de todas las ayudas tendrá como límite el 100% de la renta arrendataria.
Pero veamos qué hace falta para solicitar el abono en las dos comunidades donde ya está disponible:
Bono joven de alquiler en Cataluña
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El Gobierno catalán cuenta con 58 millones de euros para 2022 y 2023, un 14,5% de los fondos presupuestarios, con los que estiman ayudar a 10.000 personas. La solicitud se puede realizar desde el 8 de junio a las 9:00h hasta el 17 de junio a las 17:00h, tanto de forma telemática a través de portal de trámites de la Generalitat como presencialmente en las oficinas de la Vivienda de Cataluña.
Para pedirlo es necesario:
Estar empadronado en la vivienda o habitación arrendada
Tener una fuente regular de ingresos
No deber ninguna mensualidad de alquiler
En caso de alquilar una vivienda entera se tienen en cuenta los ingresos de todos los miembros de convivencia en la vivienda que estén en edad de trabajar, sean titulares o no del contrato. Cuando en una vivienda dos o más titulares del contrato soliciten la ayuda se tendrán en cuenta los ingresos individuales.
En caso de alquilar una habitación sólo se considerarán los ingresos de la persona física arrendataria solicitante.
El límite de ingresos debe ser un máximo de 24.301,57 euros brutos al año en 2022 y 23.664,15 euros brutos en 2021.
En Barcelona el alquiler debe ser como máximo de 650 euros por vivienda o 350 por habitación, exceptuando el área metropolitana donde pueden alcanzar los 900 euros por vivienda o 450 por habitación. En Tarragona y Lleida el máximo está en 600 por vivienda y 300 por habitación y en Girona son 650 euros y 350 euros respectivamente. Si varios arrendatarios de una vivienda solicitan la ayuda la suma total no puede superar el precio del alquiler del inmueble.
Cómo funciona el bono joven de alquiler en la Comunidad Valenciana
Esta fue la primera comunidad en lanzar la convocatoria y cuenta con una total de 22,8 millones de euros para las ayudas. El plazo para solicitarla está abierto desde el 2 de junio y durará hasta el 31 de octubre de 2022.
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Para pedirlo es necesario:
Poseer la nacionalidad española o de alguno de los miembros de la Unión Europea o el Espacio Económico Europeo, Suiza o el parentesco determinado por la normativa que sea de aplicación.
Ser titular o poder suscribir en calidad de persona arrendataria un contrato de alquiler de vivienda.
La vivienda o habitación arrendada deberá constituir la residencia habitual y permanente de la persona arrendataria, cesionaria o de la unidad de convivencia que solicita la ayuda.
En este caso el limite de renta debe ser de 600 euros por vivienda y 300 euros por habitación, a excepción de las zonas tensionadas donde los alquileres pueden alcanzar los 770 euros por vivienda en Valencia y 680 euros en Alicante y Castellón. Hay más información disponible en este enlace.
voy a pedir una reducción de jornada en mi empresa. económicamente me saldrá a cuenta cobrar menos y que me den paguias y ayudas varias, y además podré rascarme los huevos en la playa con más intensidad.
1 Comentarios:
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