La picaresca es algo que nos define a la sociedad española, y todo aquel que haya vivido en una comunidad de propietarios sabrá que es el escenario idóneo para que se den situaciones propias de la novela protagonizada por Lazarillo de Tormes. Un caso frecuente es que uno de los comuneros rehúse pagar una derrama si tiene la casa en venta y esperar hasta que la venda para librarse de abonar el coste.
Qué se puede hacer si un vecino no paga una derrama y pone a la venta la casa con la derrama, ¿les tocaría al resto de vecinos pagar más y asumir su parte? Resolvemos las dudas.
¿Quién tiene que pagar una derrama en la venta de un piso?
La respuesta la encontramos en la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). "El que tiene que pagar la derrama es el propietario que lo es en el momento de pasar el recibo, pues así lo dice expresamente el artículo 17.11 de la Ley de Propiedad Horizontal, sin perjuicio de que el comprador, actual titular, tenga que responder igualmente de la afección real del art. 9 si el anterior no paga lo que le corresponde”, explica Fernando Céspedes, administrador de fincas en Communal.
¿Y qué es la afección real? Es una responsabilidad que recae sobre un inmueble. El artículo 9 de la LPH establece que cuando alguien compra una vivienda o local en un edificio compartido, incluso si está registrado en el Registro de la Propiedad, esa persona es responsable de pagar las deudas pendientes que tenga la comunidad de propietarios por gastos comunes. Esta responsabilidad se extiende hasta el límite de los pagos pendientes de la anualidad en la que se realiza la compra y los tres años naturales anteriores a esa fecha.
“Lo relevante para que surja la obligación del pago de la deuda es que la transmisión se haya producido, independientemente de que la compraventa se haya inscrito en el Registro de la Propiedad correspondiente. En el caso de que el propietario antiguo no comunique a la comunidad de propietarios la existencia de un nuevo propietario, responde solidariamente con el nuevo, independientemente de que luego le pueda reclamar al propietario nuevo”, comenta César García, director de Aconusel Abogados.
Compré una casa y aparece una derrama al poco tiempo, ¿la tengo que pagar?
Si la derrama fue aprobada antes de que se ejecutase la compraventa y aún no se ha efectuado el pago, corresponderá al vendedor abonar el coste hasta la fecha en que se formalice la escritura. A partir de ese instante, la responsabilidad del pago recae sobre el comprador. Si aparece una derrama al mes o a la semana, pero ya eres propietario de la casa, te tocará a ti pagarla.
¿Cómo se puede saber si un inmueble tiene derramas pendientes?
Para saber si existen derramas pendientes, lo mejor es solicitar un certificado al administrador de fincas que lleve la comunidad, o bien al secretario o al presidente.
“Este certificado debe indicar todas las deudas por pagos pendientes a la comunidad de propietarios, especificando a qué corresponden las derramas, los importes a pagar y cuándo se tendrán que hacer los pagos, si está ya acordado en junta de propietarios. Si no está acordado en junta de propietarios el momento en el que se tienen que pagar las derramas, el nuevo propietario podrá votar en la misma para decidir el cuándo y el cuánto de la derrama o derramas ya aprobadas, pero no podrá utilizar dicha junta para intentar anular la derrama”, señala César García.
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¿Se puede reclamar al vendedor si el inmueble tiene derramas pendientes?
“Si la vivienda adquirida tenía derramas pendientes de pagar y esto se ha ocultado al comprador, estaríamos ante un supuesto de vicio oculto”, apunta el director de Aconsuel Abogados. Este vicio oculto se podría reclamar en el plazo de seis meses desde que se llevó a cabo la compraventa.
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“Como colofón de todo lo anterior, cuando compramos una casa, también compramos sus deudas, por lo que es prioritario conocer las deudas solicitando un certificado de deudas a la comunidad. En caso de no poder obtener dicho certificado, no se debería firmar la escritura de compraventa para evitar sorpresas desagradables; hay que comprar una vivienda, no un problema”, concluye el abogado.
¿Qué pasa si un vecino no paga una derrama porque tiene en venta su casa?
Que un vecino no pague una derrama porque espera a vender la casa y pasar el ‘marrón’ a otro, no tiene mucho sentido. ¿Por qué? Porque tendrá que asumir las derramas el que es el propietario del inmueble en el momento que aparezca la derrama. Por ejemplo, si la derrama se aprobó en mayo y vende la casa en junio, como era propietario en mayo tendrá que pagar dicha derrama. Eso sí, si la derrama aparece en junio, será el nuevo propietario quien tenga que pagarla.
Si un propietario se niega a pagar una derrama que ha sido aprobada en junta de propietarios, se convertirá automáticamente en moroso, por lo que la comunidad podrá iniciar las acciones pertinentes para reclamar la deuda. Además, podrán sancionarle con otras represalias, como la pérdida del derecho a voto en las juntas, una multa, incluirse en registro de morosos y no dejarle utilizar, en algunos casos, ciertas zonas de la comunidad.
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