Repasamos las fechas y las medidas de referencia en el mercado residencial desde que Pedro Sánchez llegó al Palacio de La Moncloa
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Pedro Sánchez, presidente de España
Pedro Sánchez, presidente de España Getty images

Pedro Sánchez lleva siete años en el poder. Desde la llegada del socialista a La Moncloa tras la moción de censura en junio de 2018 han sido constantes las regulaciones coercitivas contra los propietarios de vivienda, especialmente en alquiler. En siete años apenas se han incentivado políticas que apoyaran al aumento del parque de vivienda en alquiler y las constantes regulaciones siempre han puesto el foco en medidas que iban sistemáticamente recortando los derechos y la seguridad jurídica de los propietarios. Repasamos las fechas y las medidas de referencia en el mercado de la vivienda desde que Pedro Sánchez cogió las riendas del Gobierno.

Marzo de 2019:

  • Incremento en la duración obligatoria de los contratos de 3 años a 5 años para arrendadores particulares y a 7 para personas jurídicas, más tres años de prórroga tácita.
  • El IPC se referencia como el índice de referencia en la renovación anual de los contratos.
  • Limitación a 2 meses de renta de las garantías adicionales a la fianza (un mes).
  • 4 meses de preaviso para resolver el contrato por parte del arrendador. Mientras el inquilino solo tiene que dar un preaviso de 2 meses. 

Marzo de 2020:

  • Prohibición de desahuciar a los inquilinos vulnerables, aunque no paguen. El propietario asume la solución habitacional para estos inquilinos.
  • Prórroga extraordinaria de los contratos de alquiler por seis meses.
  • Gran tenedor es aquel que tiene más de 10 inmuebles en propiedad.

Diciembre de 2021:

  • Reducción de la bonificación en el Impuesto de Sociedades para grandes tenedores del 85% al 40%. 

Marzo de 2022: 

  • Tope a la subida de las rentas del 2% en la renovación anual de los contratos de arrendamiento. En 2022 la inflación se situó en el 5,7%.
  • Nueva prórroga de la suspensión de los desahucios.

Enero 2023:

  • Tope a la subida de las rentas del 2% en la revisión anual de las rentas durante 2023. La inflación en este periodo se situó en el 3,1%.
  • Prórroga extraordinaria de 6 meses de la vigencia de los contratos de alquiler que finalicen antes del 30 de junio de 2023 siempre a petición del inquilino. El propietario está obligado a aceptarla.
  • Nueva prórroga de la suspensión de los desahucios durante 2023.

Mayo de 2023: 

Con la entrada en vigor de la Ley de Vivienda

  • Las CCAA pueden crear zonas tensionadas. El ministerio de vivienda aplicará medidas coercitivas contra las Comunidades que no soliciten tensionar zonas.
  • Regulación de los desahucios de inquilinos vulnerables.
  • Posibilidad de gravar más a las viviendas vacías, con un recargo de hasta el 150%.
  • Subida del 2% al 3% del tope a la actualización de rentas en las renovaciones de los contratos durante 2024. La inflación estuvo siempre por encima del 3%.
  • Los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato de alquiler son a cargo del arrendador.
  • Gran tenedor de vivienda es cualquier persona física o empresa con más de 10 inmuebles en propiedad. Baja a 5 si están ubicados en zonas tensionadas.

Enero de 2024: 

  • Recorte de la bonificación fiscal en el IRPF para arrendadores: pasa del 60% al 50%, para contratos firmados después del 26 de mayo de 2023. Si el contrato es anterior, los propietarios se pueden seguir desgravando el 60% en el rendimiento neto del alquiler.

Marzo de 2024: 

Se regula el tope de precios en los alquileres en 140 municipios de Cataluña, como Barcelona, Tarragona, Lleida y Girona; y las principales poblaciones.

Octubre de 2024: 

Otros 131 municipios catalanes se sumaron a la lista de zonas tensionadas. 

Enero de 2025: 

  • Nuevo índice para actualizar los alquileres: el Índice de Referencia de Arrendamiento (IRAV), que siempre estará por debajo del IPC (los propietarios nunca recuperarán la subida de la inflación). Aplica a los contratos de alquiler firmados tras la entrada en vigor de la Ley de Vivienda (mayo 2023).
  • En vigor el registro único de arrendamientos de alquileres de corta duración.
  • Rentería (Guipúzcoa), primer municipio vasco declarado zona tensionada.
  • Prórroga de la suspensión de los desahucios hasta el 31 de diciembre.

Febrero de 2025: 

Registro obligatorio en Cataluña a grandes tenedores de vivienda (5 viviendas en zonas tensionadas o 10 en zonas no tensionadas). 

Marzo 2025:

Cataluña aprueba subir al 20% el ITP para grandes tenedores y crear un registro para grandes tenedores y, así, aplicar este impuestazo. 

Abril de 2025:

  • Eliminación de la Golden Visa, vigente desde 2013. Entre 2013 y 2023 se concidieron 14.576 visados por la compra de viviendas de más de 500.000 euros.
  • Cataluña aprueba extender los topes al alquiler a los arrendamientos de temporada y de habitaciones.

Mayo de 2025: 

  1. Aumentar los impuestos sobre la vivienda vacía.
  2. Modificar el régimen de socimis: subiría del 15% al 25% si no promueven vivienda de alquiler asequible.
  3. Nuevo impuesto estatal para gravar la compra por parte de extranjeros extracomunitarios y no residentes.
  4. Subida del IVA de los pisos turísticos al 21%
  5. Extender las bonificaciones en el IRPF por rentas por debajo de mercado en zonas no tensionadas.
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