Muchas personas que abandonan su hogar durante los meses de verano o pasan largas estancias fuera de casa deciden sacar rendimiento a su vivienda cuando ellos no están. No es una mala idea.
¿Por qué tener tu vivienda vacía si puedes sacarte un dinero extra para ti o para pagar la hipoteca usándola como alquiler vacacional? Te contamos cómo hacerlo de forma legal, teniendo en cuenta la normativa más reciente, ya que el 1 de julio entra en vigor el registro único de alquiler turístico.
Pon tu casa a trabajar: cómo alquilarla en verano de forma legal
Si deseas alquilar tu vivienda con fines turísticos, debes tener en cuenta que este tipo de actividad está sujeta a una regulación que varía según la comunidad autónoma o el ayuntamiento al que corresponda el inmueble.
Como propietario, deberás realizar una serie de trámites ante los organismos competentes para obtener la autorización y poder ofrecer legalmente tu inmueble como alojamiento turístico. Estos son los pasos a seguir.
1. Lo primero que tienes que hacer es obtener el número de registro. Para ello, necesitas la siguiente información:
- Referencia catastral y dirección exacta de la vivienda.
- Indicar si se alquilará la vivienda completa o por habitaciones.
- Número máximo de personas que podrán alojarse.
- Confirmar que la vivienda cumple los requisitos establecidos por la normativa de la comunidad autónoma correspondiente.
Recuerda que cada comunidad autónoma puede exigir requisitos específicos para obtener la licencia turística. Consulta su normativa y, si corresponde, comprueba también si hay exigencias adicionales en tu ayuntamiento.
Aquí tienes el directorio de enlaces para comenzar el trámite de obtener la licencia turística en las distintas comunidades autónomas:
2. Una vez tengas en tu poder la documentación necesaria, puedes tramitar tu número de registro a través de la sede electrónica del Colegio de Registradores, identificándote con tu certificado digital.
El Colegio de Registradores emitirá un número de registro provisional de forma inmediata. Una vez revisada y validada la documentación, el número pasará a tener carácter definitivo
3. Agrega tu número de registro a las plataformas de alquiler. Las plataformas digitales de alquiler turístico (como Rentalia Airbnb o Booking) exigirán este número como requisito obligatorio para publicar tu propiedad.
4. Una vez completados todos los pasos, ya puedes poner tu vivienda como alquiler turístico de forma legal. Sin embargo, si la vivienda pertenece a una comunidad de propietarios, todavía queda camino por recorrer.
Según el artículo 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), la comunidad puede prohibir el uso turístico de las viviendas si así lo acuerda una mayoría cualificada de 3/5 del total de propietarios y cuotas de participación. Esta medida será válida para limitar expresamente los pisos turísticos.
Sin embargo, esta mayoría no es suficiente para restringir otros tipos de arrendamientos de temporada o vacacionales que no se consideren pisos turísticos en sentido estricto. En esos casos, dado que se trata de una limitación directa al derecho de propiedad y uso privativo, será necesario contar con el consentimiento unánime de todos los propietarios.
¿Cuánto cuesta obtener el número de registro de alquiler vacacional?
Tiene un precio de 27,05 euros por solicitud de código. Es decir, una vivienda, un número de registro.
Qué pasa con Hacienda si usas tu casa como alquiler turístico
Hacienda puede considerar que la vivienda ya no tiene el carácter de habitual, al haber estado alquilada durante parte del año. Y si el alquiler vacacional se ha producido durante varios meses, aunque sea de forma discontinua, puede interpretarse que la vivienda está destinada prioritariamente al alquiler, y no al uso permanente del contribuyente.
Esto puede derivar en una comprobación tributaria que, en el caso del IRPF, puede traducirse en la pérdida de la deducción por inversión en vivienda habitual para quienes adquirieron su casa antes del 1 de enero de 2013 y venían aplicándola por las cantidades pagadas en concepto de hipoteca.
Otro efecto puede ser la pérdida de la exención por la ganancia obtenida en la venta de la vivienda habitual. Además, en otros impuestos en los que se haya aplicado beneficios por tratarse de la vivienda habitual, también podría exigirse la devolución de las ventajas fiscales indebidamente aplicadas.
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