Pregunta de

2 Respuestas:

15 Junio 2011, 16:47

Si eres propietario tienes derecho a reclamar , pero si eres inquilino no tienes nada que hacer.
Si eres el propietario estas en tu derecho de no dejar entrar a los operarios hasta que te abonen una cantidad razonable por la perdida de luz,
Comprueba tambien si despues de la obra la vivienda seguira teniendo habitabilidad, por falta de ventilacion hay un minimo requerido por metro cuadrado en cada habitacion

COLEGIO DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE MADRID
22 Junio 2011, 8:53

Adoptado el acuerdo de instalación del ascensor por la mayoría exigida en el artículo 17.1 de la LPH, 3/5 del total de propietarios y cuotas o mayoría del total de propietarios y cuotas si en este último caso tiene como finalidad suprimir las barreras arquitectónicas, el acuerdo es válido sin perjuicio de su derecho a impugnarlo judicialmente si considera que es contrario a sus intereses. En este caso, será el juez quien pondere el beneficio y perjuicio causado así como el importe de la indemnización por los daños causados por ruidos o supresión parcial de luces y vistas.

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