Obligatorio, por Ley, únicamente tienes la obligación de contratar un seguro de incendios sobre la vivienda hipotecada en el que tendrás que incluir como beneficiario al Banco. Otra cosa es que el banco te dirá que tienes la obligación de hacer todo tipo de seguros; de impago, de vida, etc. al amparo de su ley particular que dice en su art. 1; si el cliente no acepta nuestras exigencias, tales como comisiones, seguros, planes de pensiones, tarjetas, etc se le denegará el préstamo automáticamente. Un saludo
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Obligatorio, por Ley, únicamente tienes la obligación de contratar un seguro de incendios sobre la vivienda hipotecada en el que tendrás que incluir como beneficiario al Banco.
Otra cosa es que el banco te dirá que tienes la obligación de hacer todo tipo de seguros; de impago, de vida, etc. al amparo de su ley particular que dice en su art. 1; si el cliente no acepta nuestras exigencias, tales como comisiones, seguros, planes de pensiones, tarjetas, etc se le denegará el préstamo automáticamente. Un saludo
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