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El gobierno ha aprobado el nuevo índice hipotecario que desde el 1 de noviembre sustituirá al irph de cajas, al irph de bancos y al de la ceca. La nueva referencia para las hipotecas fue aprobada dentro de la ley de emprendedores

Aquellos particulares que tuvieran referenciadas sus préstamos hipotecarios a alguno de estos índices deberán comprobar en sus contratos si  tienen establecido un índice sustituto en caso de que se extinga el anterior. Así, puede ocurrir que en algunos de ellos esté establecido el Euribor como índice sustituto

Si esto no ocurriese tendrán que tomar como referencia el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para la adquisición de vivienda concedidos por entidades de crédito en España. A este índice se le aplicará un diferencial equivalente a la media aritmética de las diferencias entre el tipo que desaparece y el nuevo

Además, tal y como recoge la norma, la sustitución de los tipos implicará la novación automática del contrato sin suponer una alteración o pérdida del rango de la hipoteca inscrita en el que se indica que las partes no podrán reclamar por ello la modificación, alteración unilateral o extinción del préstamo o crédito

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3 Comentarios:

Anonymous
23 Septiembre 2013, 14:59

¿Qué tendrán que ver los índices hipotecarios con los emprendedores?

Anonymous
23 Septiembre 2013, 23:04

Y tu comentario es más patetico

Anonymous
29 Septiembre 2013, 17:38

¿Sabe alguien cual es el verdadero valor de una vivienda?
1- El valor catastral?
2- el mínimo valor admitido en la venta exigido por cada comunidad autónoma?
3- el valor de tasación bancaria?
4- el valor de la empresa tasadora de bienes inmuebles?
5- el producto del valor medio del metro cuadrado en cada zona urbana?
6- el valor estimado por el propietario?
7- el valor escriturado en la compraventa notarial?
Lo peor de todo es que a la hora de la verdad nadie garantiza alguno de estos valores como para garantizar la liquidez económica de sus propietarios.

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