Hola, estamos viendo la posibilidad de comprar un piso (Andalucía), pero nos hemos encontrado al ver la nota simple que es una VPO, la vivienda es de 1970, aun le quedaría 5 años para que se quedara libre de esta clausula. Hemos preguntado en la Junta de Andalucía y nos han dicho que por no ser que ley está libre de poder venderla al precio que quieran y que en principio el comprador no está sujeto a ninguna condición. Me refiero a que en otros casos que me han ofrecido una VPO me decían que tenías que tener unos ingresos no superiores a unos índices, pero en este caso desde la Junta me dicen que no, pero no me aseguran que pueda tener consecuencias más adelante con hacienda una vez que efectuemos la compra.
Nos han aconsejado que pidamos un certificado del estado de la VPO de este piso (algo que deberían haber solicitado los vendedores y no nosotros) pero lo que no se es donde informarme (en hacienda) y que me den por escrito que no vamos a tener problemas, tipo multas por haber adquirido una vivienda de esas características.
Muchas gracias.
Saludos
Pregunta de
3 Respuestas:
nadie te responde, lo haré yo dos años más tarde XD espero que lo leas.
Efectivamente, se permite la venta de tu vivienda, el motivo es que es anterior a los planes de vivienda de 1992. La resolución donde puedes encontrar la justificación es la del 17 de noviembre de 2011, publicada en el BOE el 12 de enero de 2012, es una resolución de la DIrección de los Registros y el Notariado. Un saludo.
A esa chica no se , pero a mi que estoy en la misma situación a dado respuesta, gracias.
Nosotros estamos pensando en comprar una vivienda de segunda mano VPO en la provincia de Sevilla. Nos gustaría saber cómo podemos conocer el precio de venta máximo estipulado para esta vivienda. No me queda muy claro leyendo las leyes que lo regulan.
Se trata de una VPO que se comercializaron en 1995. Es de régimen general. Consta de 78 m2 útiles y se encuentra en Dos Hermanas.
Gracias, un saludo
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