Hola,

He leído muchos casos pero ninguno igual que me solucione las dudas.

Hace varios meses me decidí a comprar una vivienda, firme el contrato de arras en la agencia.

Esta vivienda está a nombre de 7 primos, que lo heredaron.
Tras solicitar la hipoteca, aprobarse y una vez tasada, el banco nos dice que hay un problema al existir el art. 28 de la ley hipotecaria por la que no se pueden regirstrar viviendas hasta pasados 2 años desde el fallecimiento por si pudieran aparecer hijos "desaparecidos", yo la verdad es que no tenía ni idea y el agente no había mencionado nada de esto. El caso es que la solución del banco es bloquear el dinero en una cuenta a nombre de los vendedores hasta finalizar los dos años, que serían menos de 1 desde la fecha de la venta.

Aunque con reticencias, los vendedores aceptan. El agente casi me dice que esta situación es culpa mia, y que ellos podrían optar por un comprador que pagara en metálico y pudiera hacer una compraventa privada sin mediar un banco. El impresentable me dice que se podría solucionar devolviendo las arras como si nada hubiera pasado. Los vendedores son buena gente por lo que paso un poco del agente.

Lo cierto es que se sigue adelante y surge otro problema... La vivienda no había sido registrada en los anteriores testamenos. 1 o 2 niveles que no se habían molestado en hacer el registro (estaba a nombre de un abuelo), por lo que 3 semanas antes del vencimiento del contrato de arras, la gestoría del vendedor dice que puede tardar 4 o 6 semanas en estar todo correctamente registrado y yo por mi parte ya tengo todo preparado desde hace ya un tiempo.

Llamo al agente para comentarle la situación ya que la parte vendedora no se ha molestado en ningún momento en llamarme y comunicarme nada y comentarles que por mi parte no tendría ningún problema en aumentar el periodo del contrato de arras, ya que entiendo que llegados a esta situación podría una vez pasada la fecha estipulada reclamar que me dieran el doble de lo que aporte al firmarlo. El caradura va y me dice que me enviaría un correo diciendome que "me daban" más tiempo y aumentar la fecha, y yo le digo que en todo caso soy yo el que le doy más tiempo ya que me están vendiendo una casa que no tienen registrada a su nombre y que los retrasos son por su culpa.
Quiero creer que me enviarán un "email-amplicación de arras" diciendo que "tras un acuerdo entre las 2 partes... se prolonga..." porque como ponga algo parecido a lo que me ha dicho el agente no lo aceptaría.

¿Como me recomendarías proceder? Entiendo que si me mandan una extensión de arras coherente, la debería aceptar ya que no quiero ir de malas, si no es así, enviarla yo... Mi preocupación es dejar claro que los retrasos son culpa suya.

Pregunta de

1 Respuestas:

Javi
6 Noviembre 2017, 22:00

Convocarles con tu notario en el día y hora que quieras antes de fin de arras y que sean ellos los que comuniquen que para esa fecha no lo tendrán y por lo tanto que pidan un atraso, así queda claro que tú cumpliste con el contrato

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