El Tribunal Supremo finalmente pide amparo a Europa para resolver esta demanda interpuesta contra interpuestacontra 101 bancos y cajas
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Fachada del Tribunal Supremo
Carlos Luján - Europa Press
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La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha decidido elevar cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por la 'macrodemanda' sobre cláusulas suelo interpuesta por Adicae.

La demanda colectiva por cláusulas suelo de Adicae se dirige contra 101 bancos y cajas españoles que comercializaron cláusulas suelos en préstamos hipotecarios. Aunque la asociación confiaba en tener el fallo del Supremo a su demanda colectiva el pasado 1 de junio, el Tribunal Supremo decidió abrir un plazo de 10 días para que las partes se pronunciasen sobre la conveniencia de formular una cuestión prejudicial al TJUE.

Después de que más de una veintena de entidades recurrentes presentaran escritos mostrando su conformidad con el planteamiento de las cuestiones prejudiciales, de que Adicae se opusiera a la petición de decisión prejudicial y de que el Ministerio Fiscal informase de que no consideraba necesaria la elevación de la cuestión prejudicial, el Tribunal Supremo ha decidido formular al Tribunal de Justicia de la UE peticiones de decisión prejudicial en relación a acción colectiva contra las cláusulas suelo.

Según recoge el auto del Pleno de la Sala I, el Tribunal Supremo no ha encontrado justificado denegar el planteamiento de las cuestiones prejudiciales a las entidades recurrentes, que han identificado varias cuestiones controvertidas.

El Tribunal Supremo explica que la acción colectiva se dirige contra prácticamente todas las entidades financieras que en España utilizan o han utilizado cláusulas suelo durante un dilatado periodo de tiempo, lo cual afectaría a millones de contratos, da lugar a una multiplicidad de redacciones y formulaciones de las cláusulas (aunque tengan el denominador común de imponer un tope a la bajada del tipo de interés) y hace "difícilmente utilizable" el concepto de consumidor medio.

El fallo del Supremo se aplaza entonces hasta una aclaración por parte del TJUE después de que la asociación y los consumidores obtuviesen una primera victoria en primera instancia (en el juzgado mercantil 11 de Madrid) que fue posteriormente ratificada en la Audiencia Provincial de Madrid en 2018.

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