Los tributos locales o impuestos municipales son la principal fuente de ingresos para los ayuntamientos, ¿cuáles son?
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Impuestos municipales
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Cuando se trata de pagar impuestos, no está de más conocer exactamente de dónde procede cada uno de ellos y a quién va a parar su recaudación, así como cuál es el organismo encargado de regularlos.

Es frecuente que existan diferencias entre comunidades autónomas y entre municipios en cuanto al importe que suponen determinados tributos, y esto no es casualidad: las distintas localidades y autonomías tienen la capacidad de regular, a veces en gran medida, aspectos fiscales relacionados con determinados tributos, incluyendo los tipos o porcentajes aplicables, así como exenciones, reducciones, bonificaciones...

Para que tengas claro cómo funcionan los tributos locales, en este artículo te contamos cuáles son los impuestos municipales y cómo te afectan.

¿Qué son los impuestos municipales y cuáles son?

Los impuestos municipales son gestionados y recaudados a nivel local, es decir, por parte de los distintos ayuntamientos. En realidad, los impuestos son un tipo de tributo, pero podemos encontrar otros tipos de aportaciones económicas de los ciudadanos destinados a sufragar los gastos de la administración. Estos son los tipos de tributos locales que existen:

  • Impuestos: Es la categoría más frecuente y se trata de tributos que se exigen al contribuyente sin una contraprestación directa, teniendo en cuenta su capacidad económica
  • Tasas y precios públicos: En este caso, el contribuyente paga por el uso directo de un servicio o espacio concreto que solo puede ofrecerle la Administración. Por ejemplo, pagamos una tasa al solicitar una licencia, al solicitar un vado o al ocupar la vía pública instalando una terraza para nuestro local comercial. Los precios públicos son similares, pero su carácter es voluntario y puede existir oferta privada alternativa: por ejemplo, pagamos un precio público al usar una piscina municipal o un gimnasio público. 
  • Contribuciones especiales: Este tipo de tributo se relaciona con el beneficio o aumento de valor del que se beneficia el contribuyente debido a la realización de obras públicas o al establecimiento o ampliación de servicios públicos.

Impuestos municipales obligatorios y no obligatorios

La normativa estatal obliga a los ayuntamientos a exigir la gestión de determinados impuestos locales, otorgándole amplias facultades a la hora de regularlos.

Así, según el artículo 59.1 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, es obligatorio que los ayuntamientos exijan los siguientes impuestos:

  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
  • Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
  • Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)

También podrán establecer y exigir estos impuestos opcionales:

  • Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal)
  • Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras

Además, los ayuntamientos tienen libertad para establecer distintas tasas y precios públicos, siempre dentro de los límites que marca la normativa nacional, que delimita, entre otras cosas, cuáles son las actividades que pueden dar lugar a este tipo de tributo.

Tipos de impuestos municipales

Tipos de impuestos municipales
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Teniendo en cuenta todo lo anterior, estos son los distintos tipos de impuestos municipales que pueden afectarte en cualquier localidad:

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles es un tributo directo que grava el valor de los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales. En concreto, se grava la titularidad de los siguientes derechos sobre ellos:

  • Concesión administrativa sobre los propios inmuebles o sobre los servicios públicos a los que se encuentren afectos
  • Derecho real de superficie
  • Derecho real de usufructo
  • Derecho de propiedad

Se calcula en función del valor catastral del inmueble y varía según el tipo impositivo fijado por cada ayuntamiento. Los propietarios de viviendas, terrenos, garajes y locales comerciales deben abonar este impuesto anualmente.

Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

El Impuesto sobre Actividades Económicas es un tributo directo que grava el ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas, se ejerzan o no en un local determinado, y se encuentren o no especificadas en las tarifas del impuesto.

En la práctica, autónomo o empresa deberá darse de alta en el IAE, pero muchos no estarán obligados a pagar cantidad alguna, ya que esta obligación solo existe al traspasar una barrera de ingresos relativamente elevada.

La Ley Reguladora de las Haciendas Locales establece ciertos límites que todos los ayuntamientos deben respetar: los dos primeros ejercicios de actividad están exentos para todos los contribuyentes y, por otro lado, solo tributarán por IAE aquellos autónomos y empresas que declaren un importe neto de la cifra de negocios superior al millón de euros.

Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)

El IVTM es un tributo directo que grava la titularidad de los vehículos de esta naturaleza aptos para circular por las vías públicas, sea cual sea su clase y categoría.

La ley estatal fija un cuadro de tarifas para el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, pero los ayuntamientos pueden incrementarlas, aplicando un coeficiente que no podrá ser superior a 2.

Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana

El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, más conocido como plusvalía municipal, es un tributo directo que grava el incremento de valor que experimenten este tipo de terrenos y que se pone de manifiesto al transmitir su propiedad (por ejemplo, en una compraventa, pero también por herencia o donación). También se aplica al transmitir cualquier derecho real de goce limitativo del dominio.

Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO)

El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras es un tributo indirecto que grava la realización, dentro del término municipal, de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija obtención de una licencia de obras o urbanística, se haya obtenido o no dicha licencia.

También se aplica siempre que se exija la presentación de declaración responsable o comunicación previa, cuando la expedición de la licencia o la actividad de control corresponda al ayuntamiento.

¿Qué impuestos municipales son los más comunes?

Podemos decir que los impuestos municipales más comunes son el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) y el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), dado que son obligatorios para los consistorios. 

Pocos ayuntamientos perderán la oportunidad de obtener ingresos, y por eso es muy frecuente que el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal) y el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras se apliquen en la misma medida que los impuestos obligatorios. 

Eso sí, determinados impuestos locales son más conocidos que otros, probablemente porque afectan a un mayor número de contribuyentes y de forma más periódica.

¿Quién paga los tributos municipales?

El pago de los tributos municipales corresponde en cada caso a diferentes personas físicas o jurídicas en función del tipo de tributo del que se trate.

Por ejemplo, en el caso de la plusvalía municipal, deberá abonarla la persona que haya transmitido el bien y obtenido una ganancia por ello siempre que se trate de una compraventa: cuando la operación consista en una donación o herencia, deberá abonarlo la persona que la reciba.

En cuanto al IBI, el responsable de su pago será el propietario del bien inmueble o el titular de cualquier derecho real sobre éste (titular catastral), ya sea persona física o jurídica.

Si hablamos del ICIO, son sujetos pasivos los "dueños de la construcción, instalación u obra, sean o no propietarios del inmueble sobre el que se realice."

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