Hola, somos Templo Consulting, especialistas en viviendas protegidas. En respuesta a tus preguntas:
-Sí podrá adquirir las viviendas calificadas al amparo del Decreto 11/2005, de 27 de enero.
-No, en el caso de una vivienda calificada según el Decreto 74/2009, de 30 de julio, se establece que "Ninguno de los miembros de la unidad familiar puede ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda en todo el territorio nacional, salvo las excepciones contempladas en el artículo 3.3.3 del Decreto 74/2009."
¡ Estamos a tu disposición para resolver cualquier duda !
1 Respuestas:
Hola, somos Templo Consulting, especialistas en viviendas protegidas. En respuesta a tus preguntas:
-Sí podrá adquirir las viviendas calificadas al amparo del Decreto 11/2005, de 27 de enero.
-No, en el caso de una vivienda calificada según el Decreto 74/2009, de 30 de julio, se establece que "Ninguno de los miembros de la unidad familiar puede ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda en todo el territorio nacional, salvo las excepciones contempladas en el artículo 3.3.3 del Decreto 74/2009."
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