Ve el régimen legal impugnado como una medida "necesaria" y proporcionada para evitar daños en el entorno urbano
Archivo - Dos turistas en el centro de Barcelona, a 17 de septiembre de 2024, en Barcelona, Catalunya (España).
Dos turistas en el centro de Barcelona Europa Press
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El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por más de 50 diputados del PP del Congreso de los Diputados contra las restricciones legales a la vivienda de uso turístico que aprobó el Parlament de Cataluña a finales de 2023.

Según detalla el Alto Tribunal en un comunicado, dicha norma, que regula por primera vez el régimen urbanístico de las viviendas de uso turístico en la comunidad autónoma, no vulnera los límites formales ni materiales de la legislación de urgencia. Y, además, "es conforme con la protección constitucional de la propiedad privada, la autonomía local, la tutela judicial efectiva, la igualdad y la seguridad jurídica, además de con el régimen en materia de unidad de mercado establecido por la legislación básica estatal".

La sentencia rechaza las impugnaciones relativas a infracciones del derecho de propiedad privada y, "en especial", de la expropiación forzosa dado que, textualmente, la concepción de este derecho no impide reconocer la existencia de un contenido constitucionalmente protegido del mismo como derecho a usar, disfrutar y disponer de los bienes y derechos patrimoniales propios.

En este sentido, el TC concluye que el régimen del uso turístico de las viviendas sometido a enjuiciamiento no constituye una supresión del derecho de propiedad sobre ellas, sino una delimitación de un aspecto concreto de su contenido, en atención a la función social del derecho, "que no lo hace desaparecer ni lo convierte en irreconocible".

Una medida "necesaria y proporcionada"

Además, los magistrados ven el régimen legal impugnado como una medida "necesaria" y proporcionada para evitar daños en el entorno urbano, en concreto, para proteger el modelo de ciudad previsto por la planificación urbanística de acuerdo con los parámetros establecidos por la legislación sobre urbanismo y ordenación del territorio.

La sentencia constata que la regulación impugnada incide en sentido restrictivo sobre las competencias urbanísticas municipales, pero concluye que lo hace de manera "respetuosa" con la autonomía local por existir justificación en la protección de intereses supralocales. Los magistrados Enrique Arnaldo Alcubilla y Concepción Espejel Jorquera han emitido un voto particular discrepante.

El alcalde de Barcelona celebra el aval del TC

El alcalde de Barcelona, Jaume Collboni, ha celebrado la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de desestimar el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por diputados del PP en el Congreso de los Diputados contra las restricciones legales a la vivienda de uso turístico en Cataluña: "Vamos en el camino correcto", ha señalado el regidor en una rueda de prensa. 

"Es una magnífica noticia en favor del derecho a la vivienda y para la decisión que tomamos desde el gobierno en 2023 de no renovar ninguna de las licencias turísticas vigentes hasta noviembre de 2028", ha subrayado el primer edil, que ha cifrado en 10.000 los pisos que volverán a tener uso residencial para que la gente pueda vivir, ya sea mediante alquiler o compra, textualmente.

Ha asegurado también que esta será una noticia que "dará la vuelta a Europa", ya que la decisión de suprimir este tipo de viviendas en la capital catalana está siendo observada por muchos países y ciudades europeas que también tienen la necesidad de proteger el derecho a la vivienda, así como sus centros históricos.

"Esta ratificación de la legalidad constitucional que permite a Barcelona tomar esta decisión avala la idea que cambiar las reglas del juego no solo es positivo y posible, sino que es legal y constitucional", ha señalado.

Medidas de la normativa

El Pleno del Parlament validó el 20 de diciembre de 2023 el Decreto Ley 3/2023, de medidas urgentes sobre el régimen urbanístico de las viviendas de uso turístico, que aprobó el Gobierno regional a principios de noviembre, tras recibir más de 70 votos a favor (PSC-Units, ERC, CUP y ECP) y 51 en contra (JxCat, Vox, Cs, PPC y un diputado no adscrito). 

La normativa entró en vigor con unos requisitos más exigentes de los que inicialmente se habían planteado; y establece que las nuevas licencias tengan una duración de cinco años, prorrogables siempre que el planeamiento urbanístico lo permita, y establece un régimen transitorio de cinco años para que los propietarios de las viviendas turísticas ya existentes puedan actualizar su situación y conservar su licencia actual. Además, da libertad a los ayuntamientos para otorgar o no licencias, con un límite de 10 licencias por cada 100 habitantes.

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