Toda ayuda es poca cuando se trata de cumplir con Hacienda con el menor daño posible para nuestro bolsillo. Por eso, muchas personas se preguntan cuándo es posible desgravar el seguro de hogar en la Renta y en qué cuantía.
Si es tu caso, te contamos todos los detalles para que puedas aprovechar las ventajas fiscales asociadas a este tipo de gasto.
¿Se puede desgravar el seguro de hogar?
Lo primero que debes saber es quiénes pueden desgravar el seguro de hogar, y lo cierto es que, los supuestos en que es posible hacerlo son bastante limitados:
- Beneficiarios de la deducción por adquisición de vivienda habitual adquirida antes de 2013
Es posible deducir los importes abonados en concepto de seguro del hogar siempre que se trate de un seguro obligatorio o que, siendo voluntario, cubra riesgos imprescindibles para proteger la vivienda (por ejemplo, la cobertura de incendio).
Solo se deducirá la parte de este gasto vinculada directamente con la protección del valor de la vivienda de cara a la garantía hipotecaria. Por eso, el límite suele estar en aquella parte del seguro vinculada al continente, y no al contenido.
Si tu seguro de hogar es multirriesgo y no es obligatorio, es probable que puedas deducirte una pequeña parte de su cuota.
Por otro lado, en la medida en que esta deducción está vinculada a tu hipoteca, en el momento en que termines de pagarla no podrás seguir desgravando estas cuantías.
En el caso de los propietarios de vivienda que la adquirieron antes de 2013, el límite para esta deducción es del 15% de una base máxima de gastos por inversión en vivienda de 9.040 euros (en la que se incluyen tanto el seguro de hogar como otros gastos vinculados a la compra del inmueble).
Es decir, como máximo podrás deducirte 1.356 euros en gastos de este tipo. Este 15% se divide en 7,5 puntos para el tramo estatal y otro 7,5 para el tramo autonómico. Por eso, como veremos, deberás rellenar dos casillas distintas en tu declaración de la Renta.
Por último, aunque parezca obvio, conviene recordar que esta ventaja fiscal solo es aplicable en caso de que el inmueble vinculado al seguro sea tu vivienda habitual.
- Propietarios que obtienen rendimientos del capital inmobiliario por alquilar una vivienda de su propiedad adquirida antes de 2013
Los propietarios de vivienda que adquirieron su inmueble antes de 2013 y lo destinan al alquiler podrán restar el gasto relacionado con el seguro del hogar en cuanto al rendimiento neto del inmueble, lo que supondrá una reducción de su factura fiscal.
En este caso no existen las limitaciones anteriores: no es necesario que el seguro sea obligatorio y la cobertura puede ser tan amplia como deseemos. Por ejemplo, es posible incluir como gasto deducible los seguros de impago de alquiler o los seguros multirriesgo asociados a la vivienda.
- Profesionales autónomos que trabajen en casa
Otro supuesto es el de los profesionales autónomos que trabajan en casa. Sin embargo, también existen límites en este caso: tan solo podrás desgravarte la parte proporcional al espacio real que utilizas para trabajar en casa. Por ejemplo, si tu vivienda mide 100 m2 y solo utilizas un despacho de 5 m2, solo podrás desgravarte el 5% de lo que pagas en concepto de seguro del hogar.
¿Cuánto desgrava el seguro de hogar?
No existe una cantidad fija que puede desgravarse en el seguro del hogar. Lo que sí existen son determinados topes o límites que no podrás sobrepasar, tal y como hemos visto.
En general, la posibilidad de desgravar este tipo de gasto en tu declaración de la Renta es bastante limitada y, incluso en los supuestos en los que es posible hacerlo, la cantidad que podrás desgravarte no será importante ni marcará una gran diferencia en tu declaración.
¿En qué casilla se pone el seguro del hogar?
Si te preguntas cómo meter el seguro hogar en la declaración de la Renta, las casillas que debes tener en cuenta son las siguientes:
- Casillas 547 y 548 (deducción por inversión en vivienda habitual) para desgravar el coste del seguro del hogar por inversión en vivienda habitual adquirida antes de 2013. Estas casillas se corresponden respectivamente con el tramo estatal y el autonómico de esta deducción fiscal.
- Casilla 0114 (primas de contratos de seguro) si alquilas tu inmueble adquirido antes de 2013.
- Casilla 200 (primas de seguro) en caso de desgravar este tipo de gasto como profesional autónomo.
Eso sí, de cara a aprovechar esta deducción es recomendable documentar todos los gastos asociados y guardar esta documentación durante, al menos, cuatro años para evitar problemas en caso de inspección por parte de Hacienda. Recuerda almacenar tanto las facturas como los justificantes de pago de cada cuota de tu seguro del hogar correspondientes al ejercicio en que aplicaste esta ventaja fiscal.
¿Qué seguros desgravan en la declaración de la Renta?
Además del seguro del hogar, existen otros seguros que, bajo determinadas condiciones (y con ciertos límites), pueden desgravarse en la declaración de la Renta:
- El seguro de vida puede desgravarse si está vinculado a otro producto financiero (por ejemplo, una hipoteca), entre otros supuestos
- En algunos casos es posible desgravar el seguro de salud (por ejemplo, para autónomos)
- Los seguros de coche y otros vehículos pueden desgravarse en el caso de algunos profesionales autónomos, así como los seguros de responsabilidad civil relacionados con la actividad profesional
Es importante analizar la normativa tributaria en cada ejercicio para permanecer al día ante posibles novedades en materia de seguros deducibles en la Renta.
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