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Ciudad de Madrid
GTRES

Ya nuestra Constitución de 1978 consolida los fundamentos de la conocida como “democracia participativa”, otorgándole carta de naturaleza en el artículo 23, cuando señala como fundamental el derecho de la ciudadanía a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, y en su artículo 9.2, conminando a los poderes públicos a facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. No es casualidad que nuestro Texto Fundamental se refiera expresamente a la ciudadanía o a los ciudadanos. Esta herencia del constitucionalismo español y europeo constituye, también, fundamento y germen de la importancia de la ciudad en la organización política de los distintos estados en la convulsa historia europea. La ciudad se convierte, así, en punto de encuentro de las iniciativas, reclamaciones, intenciones de los distintos grupos humanos, en punto de encuentro donde la sociedad civil expresa sus inquietudes y necesidades. Desde la perspectiva jurídica o normativa nuestro modelo participativo, sin embargo y por desgracia, no puede mostrarse al mundo como un modelo de éxito, siendo sus resultados escasamente satisfactorios. Al menos, hasta la fecha.

Afortunadamente, con independencia del extraordinario trabajo que vienen realizando las mejores generaciones de administrativistas de nuestra historia, destinado al perfeccionamiento y mejora continua de las administraciones públicas y, desde luego, reconociendo los incontables avances alcanzados por la ciencia jurídica patria en tal sentido, en la actualidad los modelos de participación se ven enormemente enriquecidos por la irrupción de las nuevas tecnologías y por la evolución de nuestra concepción sobre la administración y la ciudadanía, considerándose esta como centro y origen del propio concepto de ciudad.

Se impone hoy un nuevo modelo de participación ciudadana que utiliza las redes sociales y una nueva administración más abierta a integrar las nuevas tecnologías en la consolidación de los distintos procesos de participación efectiva como fundamento para muchas de sus decisiones. Los estatutos de autonomía de segunda generación (Andalucía, Aragón, Baleares o Cataluña) han ido construyendo modalidades no previstas en la Carta Magna, vestidas como encuestas, audiencias públicas, foros de participación y otros muchos instrumentos destinados a la consulta popular y excluyendo, como es lógico, el referéndum, cuya regulación se destina a decisiones políticas de especial trascendencia, sometiéndose a reserva de ley orgánica, por mucho que algunos traten de desvirtuarlo y degradarlo con denodado afán.

Esos nuevos modelos participativos han instaurado fórmulas de participación bidireccional que, como es lógico, nacen con una voluntad de avance y, sobre todo, de cumplimiento mucho mayor que la demostrada por las fórmulas clásicas unidireccionales, en las que las propuestas de participación recorren un único camino, de los poderes públicos a los ciudadanos. La participación bidireccional implica ya la deliberación, la negociación, la propuesta acordada. Se genera así una coproducción de políticas públicas cuya garantía de éxito, claro, crece exponencialmente. Suelo apelar con frecuencia a la necesidad de una práctica bidireccional también en la colaboración público-privada, otro de los avances que se van consolidando, aunque más lentamente de lo deseado, en la práctica urbanística e inmobiliaria en España. Tal colaboración produce y producirá frutos muy esperados, siendo esencial que se instrumente en las dos direcciones. La implicación de la administración, desde la gestión, con las empresas y particulares, con los que ofrecer respuesta y soluciones a un problema con tantas aristas como lo es la generación de vivienda asequible, se está convirtiendo en una de las máximas expresiones de ese cambio paulatino en la acción de nuestras administraciones.

Pues bien, aquella construcción bidireccional de las políticas públicas locales tiene como consecuencia natural, en el caso de la ciudad, el mayor compromiso de la ciudadanía, su implicación directa, su mayor aceptación de los procesos urbanos y, como lógica derivada, una mejor calidad de vida de los ciudadanos. Es en tales procesos participativos donde la ciudad debe encontrar el equilibrio, permanentemente amenazado por una evolución cada vez más rápida de los propios procesos urbanos. La intervención de los ciudadanos en la definición de la ciudad pretendida se convierte, así, en garantía de un progreso más armónico hacia el siguiente peldaño en esa inexorable evolución de la ciudad, pasando, esa hipotética amenaza a convertirse, en todo caso, en oportunidad de mejora.

Mención muy especial merece, en este punto, la actuación de las juntas de compensación, el avance histórico más significativo, sin duda, del urbanismo español en la gestión y generación de ciudad. Estas entidades urbanísticas colaboradoras pueden y deben activar la participación ciudadana como instrumento de mejora continua en el diseño de la ciudad, así como en su regeneración y rehabilitación. Nadie mejor que los nuevos habitantes o los antiguos residentes para dar a conocer las necesidades y las acciones que deben emprenderse para su atención y para apuntalar el éxito de los diversos procesos urbanos.

En mi experiencia como gestor urbano he constatado que la conexión directa con el ciudadano y sus representantes, organizados en asociaciones de vecinos u otras entidades con intereses en la mejora de la ciudad, se convierte en herramienta imprescindible para la coproducción del proceso urbano. Esa escucha activa y comprometida del gestor urbano, en la que la ciudad habla y se expresa, manifestando cuáles han de ser los hitos que se han de ir transitando en el proceso, ayudará a la consolidación de esa nueva percepción de las administraciones públicas, hilo directo del gestor en la generación y rehabilitación de nuestras ciudades. No importa cuál sea la herramienta utilizada para la participación ciudadana, desde la presencia del gestor en las redes sociales, absolutamente necesaria a mi juicio, hasta los procesos directos de consulta y coproducción de soluciones, en las que los ciudadanos se convierten en coadyuvantes en la gestión urbana. En esos parámetros hemos de movernos los que tenemos la suerte de hacer ciudad. Así ha de ser y en ello estamos.

Marcos Sánchez Foncueva es uno de los mayores expertos en urbanismo y suelo de España. Abogado urbanista, toda su carrera profesional ha estado ligada al urbanismo y al sector inmobiliario. Ha liderado las Juntas de Compensación de Sanchinarro, Valdebebas y Los Cerros, entre otras. Es miembro del Comité Ejecutivo y coordinador de la mesa de urbanismo en Madrid Foro Empresarial.


 

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