Si no estaís casados y la vivienda está a nombre de los 2, en tu caso, los herederos tuyos serían tus descendientes directos, y en caso que no tengas los ascendentes directos como tus padres o hermanos, tendrían derecho del 50% del valor de la vivienda. En el caso de él sus hijos serían sus herederos por lo tanto dueños del 50% correspondiente a su padre. Si te piensas casar la situación cambiaría si hicieras testamento, en el que uno al otro os nombrais usufructuarios de la vivienda hasta el día en que falteis los dos, donde ya serían los herederos arriba mencionado los que se repartirían el bien.
2 Respuestas:
Si no estaís casados y la vivienda está a nombre de los 2, en tu caso, los herederos tuyos serían tus descendientes directos, y en caso que no tengas los ascendentes directos como tus padres o hermanos, tendrían derecho del 50% del valor de la vivienda. En el caso de él sus hijos serían sus herederos por lo tanto dueños del 50% correspondiente a su padre. Si te piensas casar la situación cambiaría si hicieras testamento, en el que uno al otro os nombrais usufructuarios de la vivienda hasta el día en que falteis los dos, donde ya serían los herederos arriba mencionado los que se repartirían el bien.
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