El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Barcelona ha rechazado la denuncia de una pareja, formada por un magistrado y una abogada, que firmó una hipoteca que incluía cláusulas suelo razonando que su cualificación profesional les impide alegar desconocimiento de las condiciones contractuales firmadas.
Según la sentencia, la pareja firmó un préstamo hipotecario de 240.000 euros con Banco Popular en 2006 que incluía una cláusula suelo limitando el tipo de interés mínimo que pagarían durante la vida del contrato en un 2,25%. En 2014, demandaron a la entidad pidiendo la nulidad de la cláusula suelo por su carácter abusivo.
Sin embargo, el juez dictamina que no se puede aplicar la doctrina sentada por el Tribunal Supremo en su sentencia de 2013 porque “en este caso no se puede considerar que sean cláusulas poco transparentes”. El dictamen amplía que los denunciantes tuvieron conocimiento de la existencia de una cláusula suelo. “No puede dudarse de que los actores conocían la trascendencia del acto y que eran conocedores de la carga económica y jurídica que representaba”, concreta la sentencia.
“Este dato, unido a la cualificación profesional de los dos actores impide apreciar que, por su parte, no conocieran la carga económica que dicha cláusula podía suponer al contrato”, concluye el juez al dar importancia al trabajo de los demandantes, un juez y una abogada.
2 Comentarios:
los bancos o firmabas o no discutian nada cerraban la persiana, parece mentira que existan jueces tan terroristas, aun
El fallo de este juzgado no tiene sentido y deberia caer si se apela ya que:
- no hay prueba ninguna de que la paraja tenia entonces conocimientos suficientes en esos asuntos, salvo si eran especialistas en la materia,
- la clausula suelo a sido, si no me equivoco, declarada illegal por autoridades superiores a este tribunal,
- a seguir el razonamiento del juez, abria que poder establecer con toda claridad donde estaria el linde entre los que saben y los que no saben lo que firman, cosa imposible sin cometer injusticias...
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