La nueva regulación del Mercado Alternativo Bursátil (MAB) que afecta de lleno a las sociedades de inversión inmobiliaria ya está en vigor. A partir de hoy, cualquier socimi que vaya a estrenarse en bolsa debe contar con una cantidad determinada de accionistas minoritarios dentro de su capital. Un requisito que hasta ahora debían cumplir en el plazo de 12 meses tras su estreno en bolsa.
Estas exigencias están recogidas en la Circular 1/2017 que el MAB publicó el pasado 11 de abril, con el fin de modificar la normativa vigente hasta el pasado 31 de julio (la Circular 14/2016).
Su principal novedad es que a partir de ahora las socimis que vayan a estrenarse en bolsa deben cumplir uno de estos dos criterios: tener al menos dos millones de euros de la valoración distribuida entre accionistas minoritarios (esto es, aquellos que poseen menos de un 5% del capital social) o un 25% del capital en el caso de que el valor de mercado de la compañía sea inferior a ocho millones de euros.
Además,no se tendrán en cuenta los títulos de familiares de hasta segundo de los accionistas de referencia, ni tampoco las acciones que estén en manos del proveedor de liquidez (figura que suelen ejercer los bancos y las gestoras). Por último, la nueva circular también quiere evitar que haya una elevada concentración del capital en pocos accionistas, lo que significa que debe contar con unos 20-25 (aunque la normativa no habla de un número comcreto, ésa es la horquilla que se suele manejar en el mercado).
Lo cierto es que estos requisitos son los que han tenido que cumplir las 40 socimis que ya forman parte del MAB, la única diferencia es que todas ellas disponían de un año desde que salían a bolsa para cumplirlos.
El problema ha estado en que algunos vehículos no han conseguido adecuarse a las exigencias del MAB en ese tiempo, lo que ha provocado varias suspensiones de cotización y penalizaciones. La ‘multa’ máxima por incumplir estos criterios era la expulsión de la socimi del mercado, aunque nunca se ha llegado a producir este final.
Así pues, y con el fin de evitar la toma de medidas correctivas, el MAB ha preferido eliminar tensiones y aumentar desde un primer momento los requisitos.
Todos estos cambios, que no afectarán a las socimis que ya estén en trámites para salir a bolsa, serán muy positivos para el sector. Según Antonio Fernández, presidente del asesor registrado Armabex, la llegada de la Circular 1/2017 “es una excelente y previsora medida que va a ayudar a que todas las socimis que tengan que cotizar en el MAB cumplan desde un principio con todos los requisitos y, así, evitar situaciones extraordinariamente desagradables si llegado el momento no las han cumplido. Mejor tener todo cumplido desde el primer día. Además, de esta forma, los gestores y los responsables ya se pueden dedicar de pleno a gestionar su patrimonio y no a cumplir requisitos”.
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