
Son muchos los contribuyentes que se preguntan cómo tributan los planes de pensiones en la Declaración de la Renta teniendo en cuenta que la fiscalidad de este tipo de producto de ahorro ha sufrido importantes cambios en los últimos ejercicios.
Los planes de pensiones son herramientas de ahorro privado que el Gobierno suele promocionar de distinto modo, a través de ventajas fiscales. Para que salgas de dudas, en este artículo te contamos cómo se declaran, en qué casilla y cuánto se desgrava en cada caso.
Tributación del plan de pensiones
Las aportaciones a planes de pensiones se incluyen en la base imponible general. Pueden aplicarse distintas deducciones teniendo en cuenta los límites que existen para cada una de ellas, y que veremos en los siguientes apartados. Gracias a estas ventajas fiscales se verá reducida la factura final con Hacienda.
Además, en el momento del rescate del plan deberás tributar por la cantidad percibida, considerándose rendimiento del trabajo y, por tanto, integrándose en la base imponible general del IRPF.
El importe del rescate se suma a los demás ingresos del contribuyente y se aplica el tipo marginal correspondiente según la escala de gravamen. Así tributa el rescate de un plan de pensiones según los tramos vigentes:
Hasta 12.450 euros | Retención del 19% |
Desde 12.451 hasta 20.200 euros | Retención del 24% |
Desde 20.201 hasta 35.200 euros | Retención del 30% |
Desde 35.201 hasta 60.000 euros | Retención del 37% |
Desde 60.001 hasta 300.000 euros | Retención del 45% |
Más de 300.001 euros | Retención del 47% |
Esta tabla es una estimación sumando el gravamen estatal y el autonómico. Por tanto, ten en cuenta que el tipo marginal del IRPF varía en función de la comunidad autónoma y el tramo de renta del contribuyente.
La casilla de la Renta para el plan de pensiones
Las reducciones por aportaciones a planes de pensiones van de las casillas 462 a 476 de la declaración de la Renta. Se trata del apartado 'Reducciones de la base imponible' y, dentro de él, 'Reducción por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social' de un lado, y 'Reducción por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social constituidos a favor de personas con discapacidad' de otro.
Estas son algunas de las casillas más importantes que debes conocer:
- Casilla 465: Corresponde a las aportaciones individuales del trabajador, exceptuando los dos siguientes casos
- Casilla 438 para las aportaciones realizadas por la empresa que deriven de una decisión del trabajador
- Casilla 426 para las aportaciones del trabajador a planes de pensiones de empleo, mutualidad de previsión social o plan de prevención social empresarial o instrumentos de previsión social alternativos, siempre que se hayan efectuado contribuciones empresariales
Casilla 427 para las contribuciones empresariales, con las algunas excepciones
- Casilla 499 para las aportaciones de trabajadores por cuenta propia o autónomos, empresarios individuales o profesionales
- Casilla 466 para las contribuciones a seguros colectivos de dependencia
- Casillas 463 y 464: Reflejan los excesos pendientes de reducir procedentes de los ejercicios 2019 a 2023
- Casilla 467: Suma los importes con derecho a reducción por este concepto
- Casilla 468: Recoge los importes con derecho a reducción, respetando los límites máximos del artículo 52 de la Ley del Impuesto para la Renta
- Casillas 437, 428 y 469: En ellas se consignan las aportaciones a sistemas de previsión social de los que es partícipe, mutualista o titular el cónyuge del contribuyente a favor del cónyuge
Además, existen dos casillas en la que declarar las contribuciones empresariales a planes de pensiones:
- Casilla 8: Contribuciones empresariales a planes de pensiones, planes de previsión social empresarial y mutualidades de previsión social, excepto a seguros colectivos de dependencia. Recoge los importes imputados al contribuyente.
- Casilla 24: Cantidades aportadas por la empresa a planes de pensiones, planes de previsión social empresarial y mutualidades de previsión social (excepto a seguros colectivos de dependencia), que deriven de una decisión del trabajador.
Estas cantidades se suman al total de ingresos íntegros computables.
Tributación del rescate del plan de pensiones y su casilla
Si te preguntas cómo tributa el rescate de un plan de pensiones, deberás informar sobre las cantidades percibidas durante el ejercicio 2024 en el apartado 'Rendimientos del trabajo de tu IRPF', dentro de la 'Base imponible general' y, en concreto, utilizando la casilla 0003, que tiene como título ‘Retribuciones dinerarias’.
Es importante que sepas que la cuantía de impuestos que te tocará abonar dependerá de la forma de rescate de tu dinero: puedes cobrarlo de forma periódica o bien elegir un rescate total. También es posible una fórmula mixta.
Dado que el IRPF es un impuesto progresivo, si decides rescatar todo tu capital en un solo ejercicio, la factura fiscal será proporcionalmente mayor que si optas por una fórmula mixta o por un pago totalmente periódico.
Cuanto menos dinero ingreses durante cada año, menor será el tipo que se aplique a tus rentas en cada ejercicio fiscal.

¿Cuánto desgrava el plan de pensiones en la Renta?
De cara al ejercicio 2024 siguen en vigor cambios importantes introducidos en anteriores campañas de la Renta que definen cuál es la aportación máxima a plan de pensiones que debes realizar si quieres restar estas cuantías íntegramente de tu base imponible:
- Planes de pensiones individuales: La deducción máxima en el caso de los planes de pensiones individuales seguirá siendo la menor de las cantidades, entre 1.500 euros o el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas del declarante.
- Planes de pensiones de empleo: En el caso de los planes de pensiones de empleo se mantiene el límite de deducción fiscal del pasado ejercicio, es decir, 8.500 euros. Es necesario que estas cantidades provengan de contribuciones empresariales o bien de aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social por importe igual o inferior a la contribución empresarial. Si también cuentas con un plan de pensiones individual, en total podrás desgravar hasta 10.000 euros.
- Planes de pensiones de empleo para autónomos: En el caso de las aportaciones a planes de pensiones de empleo simplificado de trabajadores autónomos (PPES), este límite se incrementará en otros 4.250 euros. Por tanto, el autónomo puede desgravarse 1.500 euros en aportaciones a planes de pensiones individuales y 4.250 euros en aportaciones a PPES. En total, 5.750 euros.
- Planes de pensiones del cónyuge: En cuanto a las aportaciones a planes de pensiones del cónyuge, el límite máximo es de 1.000 euros anuales, siempre que el cónyuge no obtenga rendimientos netos del trabajo ni de actividades económicas o bien que estos sean inferiores a 8.000 euros anuales.
- Planes de pensiones para personas con discapacidad: En estos casos es posible aportar hasta 24.250 euros a planes de pensiones, computando tanto las aportaciones realizadas por la persona con discapacidad como las realizadas por todas aquellas otras que realicen aportaciones a su favor. El límite será de 10.000 euros para las aportaciones realizadas por parientes, tutor o persona que ostente la curatela representativa, o cónyuge de la persona con discapacidad.
Lo ideal es tener en cuenta cuáles son las aportaciones máximas a planes de pensiones que permiten deducción antes del cierre de cada año para poder orientar tu estrategia de ahorro de la forma más favorable a tus intereses, reduciendo tu factura fiscal.
¿Cuánto hay que pagar a Hacienda por un plan de pensiones?
La cantidad que deberás pagar a Hacienda por el rescate de un plan de pensiones variará en función de distintos factores:
- Lo primero que debes aprovechar son los incentivos fiscales en forma de desgravaciones o reducciones de la base imponible, relacionados con las aportaciones que realices año tras año. No está de más modular tus aportaciones en función de la política fiscal de cada momento.
- Por otro lado, planifica tu rescate para que la factura fiscal sea lo más reducida posible. Una forma de hacerlo es ‘alargar’ el rescate de tu plan de pensiones, percibiéndolo en forma de renta vitalicia. También puedes optar por una fórmula mixta, rescatando una primera cantidad más elevada para cobrar rentas posteriormente.
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