La bonificación de hasta un 100% en el IRPF por rebajar el precio del alquiler un 5% en zonas no tensionadas sería beneficiosa para prácticamente la totalidad de los contribuyentes con viviendas en alquiler, ya que la rebaja fiscal superaría el recorte en la renta del alquiler en la mayoría de los casos, y supondría un saldo favorable al arrendador de, al menos, 300 euros.
Así lo han trasladado los Asesores Fiscales del Consejo General de Economistas (REAF-CGE) en una rueda de prensa para dar a conocer el impacto de alguna de las 12 medidas en materia de vivienda que el Gobierno anunció el pasado lunes, 13 de enero.
Según una simulación realizada por los asesores fiscales, para un alquiler de 1.000 euros al mes, un propietario con una renta de 18.000 euros brutos al año, obtendría a su favor más de 300 euros por la bonificación del IRPF al 100% si recortara al mes un 5% la renta.
Otro ejemplo elaborado por los asesores fiscales muestra que para un salario bruto de 30.000 euros al año y un alquiler de 1.000 al mes, este recorte de un 5% daría al propietario un beneficio de 630 euros a su favor.
No obstante, los asesores fiscales han indicado que esto dependerá siempre del recorte que se haga en la renta y la bonificación que finalmente ofrecerá el Gobierno, ya que la propuesta todavía debe concretarse.
De hecho, el Ejecutivo ha confirmado que todavía está estudiando el porcentaje a aplicar, mientras que todavía se desconoce si se aplicará a cualquier vivienda o si habrá restricciones. Según la ministra de Vivienda y Agenda Urbana (MIVAU), Isabel Rodríguez, el objetivo es que la medida llegue al Congreso a lo largo de febrero.
La tributación a socimis de vivienda beneficiará a los socios
Otra de las medidas propuestas por el Gobierno es eliminar las ventajas fiscales a las socimis de vivienda que no incentiven el alquiler asequible, ya que hasta ahora no tributaban. Sobre la medida, los asesores fiscales han explicado que estas socimis con activos residenciales deberán tributar al 25%, que es el gravamen general en el Impuesto sobre Sociedades, si no destinan sus viviendas al alquiler asequible.
"Aquí no hay escapatoria", han indicado los expertos, aunque han asegurado que esta medida será beneficiosa para los socios de socimis, sobre todo personas jurídicas, ya que van a poder aplicar la exención por doble imposición al repartir los dividendos o vender sus participaciones.
"Por los dividendos que obtengan estos socios o personas jurídicas, que hasta ahora tributan al 25% porque no aplicaban la exención al no tributar socimis, ahora van a tributar al 1,25% y no al 25%. Igual que si venden sus participaciones, hasta ahora tributaron al 25% y pasarán a tributar al 1,25% porque pueden aplicar la exención por doble imposición", explican.
El consumidor asumirá el IVA de los pisos turísticos
Por otro lado, los asesores fiscales han avisado de que el consumidor acabará asumiendo la carga de aplicar el IVA en los pisos turísticos situados en zonas saturadas, otra medida del paquete anunciado por el Gobierno, a lo que se sumará un aumento en los precios porque la oferta se reducirá al perder atractivo este modelo.
Tal y como indican los expertos, si la medida propuesta por el Gobierno sale adelante, los pisos turísticas en zonas de saturación turística pasarán de no tributar el IVA a hacerlo en un 21%.
Desde el CGE, avisan de que condicionar esta medida a la saturación de la zona, generará "incertidumbre e inseguridad jurídica a los propietarios", porque unos años habrá unas zonas que tengan saturación turística y otros años que no.
Además, recuerdan que sí hay pisos turísticos que se gravan al 10% en el caso de que el propietario preste servicio de la industria hotelera. "Si ya diferenciamos en un tipo que no se grava, un tipo 10% o un tipo al 21%, siempre pensamos que gravar en este caso diferentes tipos al mismo servicio, pues que no es deseable en cualquier caso", añaden.
Posible conflicto entre CCAA y el Estado
En todo caso, los economistas han mantenido que todavía es "difícil" saber el efecto de estas medidas, a la vez que han avisado de que estas medidas pueden originar un conflicto de competencia entre el Estado y las comunidades autónomas, sobre todo en caso de que se duplique el gravamen de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO), cuya competencia recae en las autonomías.
También han puesto el foco en los 'efectos anuncio' de propuestas como la de gravar al no residente extracomunitario, que pueden desincentivar inversiones en España y luego no llegar a entrar en vigor.
En este sentido, los asesores fiscales indican que todavía hay que ver cómo se instrumentaliza esta media, ya que los impuestos que gravan la compra de una vivienda son el IVA si la vivienda es nueva o el TPO si se trata de una vivienda de segunda mano.
"No está muy claro, porque no se ha dicho mucho más sobre esta medida: si se va a duplicar la base imponible y mantener los tipos, si se va a duplicar los tipos o si se va a crear un nuevo impuesto que sea complementario", exponen.
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