El Ayuntamiento de Madrid ha empezado a enviar a los contribuyentes madrileños los primeros recibos de un nuevo tributo que entró en vigor el pasado 10 de abril en España: la Tasa de Gestión de Residuos (TGR). Este gravamen, aplicado en municipios con más de 5.000 habitantes, tiene como objetivo la recogida, transporte, tratamiento de residuos urbanos y mantenimiento de vertederos y está basado en el principio de que “quien contamina, paga”.
La primera notificación será individual y los contribuyentes tendrán dos meses para pagar esta nueva tasa. A partir de 2026 el recibo podrá domiciliarse y se podrá fraccionar el pago, igual que ocurre con el IBI. Se trata de una “desagradable” sorpresa para muchos madrileños, ya que la antigua tasa de basuras desapareció hace más de 10 años, pues el propio consistorio liderado por Ana Botella por aquel entonces la integró en el recibo del IBI.
Esta nueva tasa está contemplada en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular e incorpora una directiva europea aprobada en 2018. Dicha directiva no exigía la imposición de un nuevo tributo, sino medidas para reducir los residuos alimentarios del UE del 30% en 2026 y del 50% en 2030. El Gobierno de España, presidido por Pedro Sánchez, ha optado por aprobar hace tres años este nuevo tributo que deben pagar los ciudadanos. ¿Por qué los ciudadanos? Porque muchos ayuntamientos vienen financiando todo o parte de los servicios de basuras con recursos generales del presupuesto municipal, pero ahora no podrán hacerlo al tener la obligación de cubrir con la tasa el 100% del coste del servicio de basuras, porque la tasa no puede ser deficitaria. Así, los ayuntamientos "se ven obligados a repercutir al ciudadano" la tasa, tal y como denuncia el PP, que quiso tumbar esta nueva tasa sin éxito. El Pleno del Congreso de noviembre de 2024 rechazó la proposición no de ley del PP para derogar esta tasa.
Quién paga este tributo
El Ayuntamiento de Madrid ya ha comenzado a enviar los recibos a las más de 1,5 millones de viviendas que hay en la ciudad. El sujeto pasivo de esta tasa es aquel que se beneficia del servicio de recogida de residuos, así como de su tratamiento y eliminación, es decir, el propietario de la casa o, en caso de un alquiler, el inquilino, pero siempre y cuando figure de forma expresa en el contrato de arrendamiento. Si no está reflejado en dicho contrato, es el arrendador el que debe asumir el pago.
Y, ¿quién paga esta tasa en la venta de una vivienda? Generalmente, el vendedor debe vender el piso libre de cargas. Por tanto, deberá pagar los impuestos que se hayan generado hasta la formalización y ejecución del contrato de compraventa.
En el caso de las viviendas, el recibo medio que habrá que pagar se sitúa en los 141 euros, mientras que los inmuebles de uso comercial tendrán una cuota media de 310 euros.
Los inmuebles que quedan exentos del pago de esta tasa son los garajes y trasteros asociados a una vivienda, porque no generan residuos, ni los solares y edificios en estado de ruina. Las viviendas vacías y los locales donde no se desarrolle actividad solo pagarán la parte correspondiente a la tarifa básica por disponibilidad del servicio.
El Ayuntamiento de Madrid ha incluido en la nueva tasa una reducción en la cuota a las familias numerosas similar a la que existe en el IBI. La reducción se aplicará de oficio en aquellos casos en los que el contribuyente sea el propietario de la vivienda.
Y los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital y de la Renta Mínima de Inserción están exentos del pago de este nuevo tributo. Pero para ello deben identificarse como tal cada año antes del 1 de marzo.
No obstante, el Ayuntamiento de Madrid ha habilitado un simulador de la Tasa de Gestión de Residuos donde se puede incluir la calle, número y valor catastral aproximado del inmueble.
Para mitigar el impacto de este nuevo tributo, la administración madrileña ha decidido reducir el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) en 2025, lo que supone la cuarta rebaja consecutiva. Actualmente, el tipo está en el 0,442% y pasará al 0,428%, situándose cerca del mínimo legal permitido del 0,4%.
Precios de la tasa de basuras de Madrid por barrios
Los barrios con las cuotas más elevadas son:
- El Plantío (Moncloa-Aravaca): 574 euros
- El Viso (Chamartín): 457 euros
- Recoletos (Salamanca): 430 euros
- Los Jerónimos (Retiro): 427 euros
- Castellana (Salamanca): 385 euros
- Valdemarín (Moncloa-Aravaca): 376 euros
Por otro lado, los barrios con los recibos más bajos son:
- San Cristóbal (Villaverde): 45 euros
- Pradolongo (Usera): 59 euros
- Zofío (Usera): 59 euros
- Amposta (San Blas-Canillejas): 62 euros
- Portazgo (Puente de Vallecas): 64 euros
- San Diego (Puente de Vallecas): 64 euros
Sin embargo, estas cifras son aproximadas y pueden variar según las características de cada inmueble y la cantidad de residuos generados.
Cómo se calcula esta nueva tasa
Para determinar esta tasa cada ayuntamiento con más de 5.000 habitantes tomará sus propios criterios: desde determinarlo en base al consumo de agua por vivienda, a tomar en cuenta el valor de referencia del catastro o el número de residentes en la casa. Por ejemplo, en la ciudad de Madrid esta nueva tasa de basuras se calcula según el valor catastral de la vivienda, junto con la generación de residuos por barrios y la calidad de la separación de las basuras en cada distrito.
La nueva tasa de basuras, ¿cómo funciona?
La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular obliga a las Haciendas Locales a establecer una tasa específica y diferenciada para cubrir los costes reales de la gestión de residuos. Por tanto, la nueva tasa de basuras de 2025:
- Debe “reflejar el coste real, directo o indirecto, de las operaciones de recogida, transporte y tratamiento de los residuos, incluidos la vigilancia de estas operaciones y el mantenimiento y vigilancia posterior al cierre de los vertederos, las campañas de concienciación y comunicación, así como los ingresos derivados de la aplicación de la responsabilidad ampliada del productor, de la venta de materiales y de energía”
- No puede integrarse en otros tributos o tasas, siendo fundamental que su cálculo sea transparente y separado de otras obligaciones fiscales.
- Debe ser no deficitaria, es decir, el importe recaudado debe cubrir íntegramente el coste del servicio sin generar pérdidas.
Esta medida busca facilitar la implantación de sistemas de pago por generación, es decir, los ciudadanos y empresas pagarán en función de la cantidad de residuos que produzcan, incentivando así una mejor gestión individual y colectiva.
Ventajas del sistema de pago por generación
Este sistema premia a los usuarios que mejor gestionen los residuos:
- Incentivos para reducir residuos: Cuanto menos residuos mezclados se generen, menor será la tasa a pagar
- Promueve el reciclaje: Los ciudadanos son recompensados por separar adecuadamente los materiales reciclables o realizar compostaje doméstico
- Mayor equidad: Los costes se reparten de forma más justa, dependiendo del impacto ambiental de cada persona o vivienda
La Ley 7/2022 recomienda los sistemas de pago por generación, pero no obliga a implementarlos, ya que la viabilidad de esto depende de la capacidad técnica y administrativa de cada municipio, así como de la voluntad política para avanzar hacia modelos más sostenibles y equitativos.
De hecho, la citada ley contempla que los ayuntamientos puedan adaptarla a las necesidades y características específicas de su población, a la par que deja libertad para implementar diversos factores que promuevan la sostenibilidad y equidad social:
- Incentivos para la recogida separada en viviendas de alquiler vacacional y similares: Busca fomentar prácticas responsables en alojamientos temporales, donde la gestión de residuos puede ser más compleja debido a la rotación de inquilinos.
- Reducciones por compostaje doméstico o comunitario: Se reconoce y auspicia la gestión sostenible de residuos orgánicos mediante prácticas de compostaje, otorgando descuentos a quienes las implementen.
- Deducciones por participación en recogidas separadas: Se premia a aquellos que colaboren activamente en sistemas de recogida separada, ya sea mediante puntos limpios o puntos de entrega establecidos por el municipio, lo que facilita el reciclaje y la reutilización.
- Ayudas para personas en riesgo de exclusión social: Las personas y familias vulnerables, incluidas las familias numerosas, pueden beneficiarse de reducciones en la cuota, como ya lo ha hecho el Ayuntamiento de Madrid al incluir bonificaciones concretas.
- Programas obligatorios: Los municipios con más de 5.000 habitantes deben desarrollar programas de gestión de residuos alineados con los planes autonómicos y estatales.
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