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19 Respuestas:
Alguien sabe para que sirve la corte de arbitraje
Sirve para que el arbitraje acabe en una corte, que sé yo!!!!!!!!
Para q te sigan timando.
Creo que lo has definido perfecto.
Es un engaña bobos, que los inquilinos se rien, setencia a mi favor y se rien en tu cara, si no viene el juez no me voy, toma castaña, entonces la setencia de la corte de arbitraje, te la pasas por el culooooooooooo
Creo que, en realidad, lo que consigues es un laudo arbitral rápido, pero, tienes que ejecutarlo vía judicial de todos modos. Si vas desde el principio al juzgado será el mismo proceso, 1º Que te den la razón mediante sentencia y luego que la ejecuten. Y lo primero es mucho más lento en el juzgado, con lo que a la larga debería merecer la pena…
Tengo la setencia de la corte arbitral desde julio, me pasasn a una compañia de aboados (abogalia) y lo primero que hacen es pedirme 127 euros para noficaciones y 5oo euros para gastos, ¿No lo cubria el seguro?, Y a dia de hoy todavia no han podido presentar la demanda por que la corte no ha mandado unas certificaciones, en realidad no se lo que es, tampoco lo esplican muy bien, patetico y de risa el desaucio expres.
Y alguien sabe aclararme algo que lo diga. Gracias
Lo de la corte son pamplinas, actualmente con la nueva legislación procesal los desahucios son más rápidos y efectivos y, por supuesto, más seguros de conseguir sacar al inquilino. Otra cosa es cobrar lo que te deben... éso ya no es tan sencillo.. Una vez el inquilino ha sido lanzado de la vivienda ¿Cómo puedes saber dónde vive para ejecutar la sentencia que le obliga a pagar lo que te debia? Todo son gastos y más gastos. Lo mejor es desahucio judicial sin esperar a que te deban mucho y después olvidarte de cobrar una vez consigues tener el piso vacio.
Me comentan últimamente abogados que llevan asuntos de este tipo que un desahucio hasta sentencia puede tardar en Madrid unos tres meses. La ejecución aparte. Ojo, que puede depender del juzgado que toque en reparto.
Y totalmente de acuerdo en que lo mejor es no acumular la acción de desahucio a la de reclamación de cantidad, sino ejercitar primero la de desahucio y luego la otra.
Pues vaya lio,
De todo ello, deduzco, que yo como propietario a punto de alquilar mi immueble, no merece la pena plantearse incluir la clausula de arbitraje en el contrato?
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