Pregunta de

1 Respuestas:

Anonymous
22 Junio 2011, 19:06

Si el valor catastral es el que sale en el recibo del ibi, pero es el valor de terrenos urbanos no es el valor de la vivienda, lo puedes usar como referencia para escriturar el minimo.

Si cojes el valor y lo mutiplicas por 2,5. El importe resultante es el minimo por el que puedes escriturar. Menos de este resultado no se puede escriturar

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