32 Respuestas:

Juana
2 Marzo 2016, 3:07

Gracias por la info.
Entonces si pago 360€ siendo del plan 2005-2008 y ya descontado el subsidio de 63e. Cuanto pagaré ahora si me quedan 72.500e de hipoteca?

Raquel
2 Marzo 2016, 18:01

jannette suerte la tuya que estas cobrando el subsidio aún pk nosotros ayer tuvimos que cancelar el juicio para la renovación pk el tribunal decidió que no nos hace fata y que hace mas falta en otros bolsillos

Raquel
2 Marzo 2016, 18:03

y yo no se vosotros pero a mi esta misera bajada de interes me parece absurda y para callar bocas, no porque hayan escuchado criticas

Raquel
2 Marzo 2016, 18:05

este tipo de interes esta declarado abusivo e ilegal pero no para vpo, como podemos estar contentos con esto?????
pagamos cerca de 500€ por unas viviendas de vpo que no valen ese precio ni por asomo, además nuestro contrato con ellos no vale para nada, bueno si...la parte de pagar, pk la de cobrar no

Juana
17 Marzo 2016, 9:00

Publicado en el boe con fecha 15.03
Los que paguen la hipoteca a partir del 16 de abril...ya verán reflejada la nueva cuota.

Juana
17 Marzo 2016, 9:01

Publicado en el boe con fecha 15.03
Los que paguen la hipoteca a partir del 16 de abril...ya verán reflejada la nueva cuota.

Raquel
17 Marzo 2016, 17:38

vergüenza tendria que darles hacerse publicidad como que han rebajado bastante estos intereses de 489€ me descuentan 21€ me da para comprar papel del culo de las ganas de cagar que me dan estos politicos de mierda.

Raquel
17 Marzo 2016, 17:39

esto es un abuso y nos alegramos por esa miserable rebaja de mierda, no lo entiendo

Raquel
30 Marzo 2016, 15:33

pues si por supuesto que me indigno, porque este interés está declarado ilegal, es mas hay gente que no es vpo que lo contrataron en su momento y cuando han ido a juicio se les ha devuelto TODO EL DINERO de mas desde que empezaron a pagar y han podido cambiar de interés, pero nosotros al ser VPO no se considera ilegal, esa es mi indignación.
si se considera ilegal para unos porque no para nosotros que se supone que somos "personas con menos recurso"??? pero bueno asi vamos bien, conformándonos con 21€ de rebaja en el mejor de los casos, me quitan 84 de las subsidiación durante cinco años pero me dan 20, que bien!!!!!!, ya solo me han robado 64

Raquel
30 Marzo 2016, 15:39

La cláusula grava las hipotecas con dos puntos más que el Euríbor y era utilizada por las cajas de ahorro.

Un juez de Valencia ha anulado el IRPH como índice de referencia hipotecario y ha condenado al Banco Sabadell a utilizar el Euribor y a devolver a una familia los intereses que le ha cobrado de más desde mayo de 2007. La cláusula grava las hipotecas de media con dos puntos más que el Euribor y en la Comunidad Valenciana hay más de 189.200 familias afectadas. La sentencia es firme ya que la entidad no la ha recurrido. El caso lo ha ganado el letrado Gonzalo Lucas Díaz-Toledo, del despacho de Valencia Lucas Abogados. Los afectados por la sentencia contrataron la hipoteca con la CAM, entidad que fue comprada por el Banco Sabadell en diciembre de 2011.

El fallo lo ha dictado el magistrado José María Cutillas Torns, del juzgado de lo Mercantil número tres de Valencia. El índice IRPH Cajas fue sustituido en 2013 por el IRPH del conjunto de entidades de crédito, pero tanto uno como otro han seguido una evolución que para los afectados ha supuesto un diferencial de aproximadamente dos puntos con respecto a las hipotecas referenciadas al Euribor. La diferencia máxima se alcanzó en 2009 con 2,79% de incremento. Según la última referencia publicada, en noviembre de 2015 el Euribor se situó en el 0,079 frente al 2,132% del índice IRPH ahora tumbado.

La demanda la ha interpuesto una familia de Valencia que firmó una hipoteca de 60.000 euros con la CAM el 8 de noviembre de 2006. La entidad estableció que a partir del 8 de mayo de 2007 y durante toda la vida del préstamo el tipo de interés estaría referenciado al IRPH. Este índice era muy utilizado por las cajas de ahorro. La Comunidad Valenciana es la segunda autonomía del Estado con más hipotecas de este tipo tras Cataluña.

El abogado de la familia alegó con éxito que la cláusula del tipo de interés es ininteligible, confusa, y no describe exactamente el índice de referencia y cómo se calcula. «Y lo importante, no informa a la otra parte del contrato de la decisiva influencia que la entidad bancaria tendría a la hora de establecer ese índice de referencia». El Banco Sabadell alegó que sí «había existido transparencia» en la aplicación de la cláusula.

Sin embargo, el magistrado ha llegado a la conclusión de que la cláusula no era transparente. La sentencia lamenta que la entidad no dio «una información previa, clara y comprensible sobre el coste comparativo con otras modalidades de préstamo». Además, el juez advierte de que «la cláusula está inserta en un folio de la escritura sin destacar ni subrayar, formando parte de complejas condiciones financieras de difícil comprensión para cualquier persona no versada en cuestiones económicas».

Un índice «influenciable»
La sentencia reconoce que el índice IRPH es «influenciable» por los propios bancos. El fallo apunta que las entidades son las que aportan los datos para que se elabore el índice por lo que si conceden más préstamos a un interés superior, «éste se eleva. Si conceden más a precio inferior, disminuye. En mayor o menor medida, por lo tanto, la entidad influye en el importe del índice que se utiliza».

El magistrado cierra el fallo declarando la nulidad de la cláusula y condenado a la entidad a calcular las futuras revisiones del tipo de interés aplicando el Euribor más el 0,50. Además, ordena al Sabadell que le devuelva a su cliente 5.204,47 euros, que es la diferencia entre el Euribor y lo que la familia ha pagado desde mayo de 2007.

Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta